OLGUÍN/
Rol
V-280-2020
Fecha
27 de septiembre de 2021
Materia
CESIÓN DE DERECHOS, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Comparece Giorgio Franco Renato Marino Andrade, abogado en representación convencional de David Humberto Olguín Lizana, chileno, casado, independiente, cédula de identidad Nº 11.974.110-6, domiciliado para estos efectos en Avenida Las Condes Nº 11.380, oficina 91, comuna de Vitacura. Al efecto y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 891 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, viene en solicitar autorización judicial para la enajenación de todos los derechos que le corresponden a doña Olga Sonia Olguín Lizana, en el inmueble ubicado en Pasaje Boston Nº 8.497, lote Nº 11, Manzana Nº 98 del plano de la Población Pudahuel, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana. Expone que su representado es curador general, legítimo y definitivo de doña Olga Sonia Olguín Lizana, conforme resolución de fecha 3 de diciembre de 2014, dictada por el 20º Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol V-117-2014, caratulados “Olguin Lizana, David Humberto con Olguin Lizana, Olga Sonia”, en donde se privó a doña Olga Sonia Olguín Lizana, de la libre administración de sus bienes, por habérsele declarado en interdicción definitiva. Precisa que dicha resolución fue debidamente inscrita a fojas 14.413, Nº 22.978, del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar correspondiente al año 2016, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Señala que David Humberto Olguín Lizana y doña Olga Sonia Olguín Lizana son comuneros, en conjunto con otras personas, sobre el inmueble ubicado en Pasaje Boston Nº 8.497, lote Nº 11, Manzana Nº 98 del plano de la Población Pudahuel, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana; inmueble adquirido por herencia de su madre, doña Olga del Carmen Lizana Lizana, según inscripción de posesión efectiva y especial de herencia inscritas a fojas 17.997, número 28.409; y a fojas 17.998 número 28.410; ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondientes al año 2008; y por herencia de su padre, don Luis
Fundamentos
considerando Foja: 1 además, la baja rentabilidad del inmueble y el provecho que le reporta la enajenación de dichos derechos, para utilizarlos con el propósito de entregarle una mejor calidad de vida. Como antecedente de derecho hace mención a lo dispuesto en el artículo 393 y 580 del Código Civil y artículo 891 del Código de Procedimiento Civil.
Fallo
Por tanto, previas citas legales, solicita autorización para que David Humberto Olguín Lizana, en su calidad de curador general, legítimo y definitivo de doña Olga Sonia Olguín Lizana, enajene los derechos hereditarios de los cuales es dueña, en conjunto con otras personas, sobre el inmueble ubicado en Pasaje Boston Nº 8.497, lote Nº 11, Manzana Nº 98 del plano de la Población Pudahuel, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana. Se acompañan junto a la solicitud, los siguientes documentos:1.- Inscripción de Interdicción de doña Olga Sonia Olguín Lizana, rolante a fojas 14.413, Nº 22.978, del Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar correspondiente al año 2016, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago,2.- Inscripción de posesión efectiva y especial de herencia inscritas a fojas 17.997, número 28.409; y a fojas 17.998 número 28.410; ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondientes al año 2008. 3.-Inscripción de posesión efectiva y especial de herencia inscritas a fojas 71.168 número 108.371; y a fojas 71.169 número 108.372, ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012. 4.- Certificado de Avaluó fiscal del inmueble ubicado en Pasaje Boston Nº 8.497, lote Nº 11, Manzana Nº 98 del plano de la Población Pudahuel, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana, 5.- Sentencia dictada en autos Rol V-114-2014, por el 20º Juzgado Civil de Santiago, con fecha 3 de diciembr
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Foja: 1 FOJA: 1 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-280-2020 CARATULADO : OLGU N/Í Santiago, veintisiete de Septiembre de dos mil veintiuno Visto: Comparece Giorgio Franco Renato Marino Andrade, abogado en representación convencional de David Humberto Olguín Lizana, chileno, casado, independiente, cédula de identidad Nº 11.974.110-6, domicili
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