INVERSIONES DOMEYKO LIMITADA/
Rol
V-217-2021
Fecha
28 de septiembre de 2021
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Marcelo Gabriel Castillo Rivero, chileno, casado, Abogado, Cédula Nacional de Identidad número 13.645.653-9; en representación de INVERSIONES DOMEYKO LIMITADA, sociedad chilena, ambos domiciliados en calle Simón Bolívar Nº 202, Oficina 1301, de Iquique, presentó con fecha 14 de enero de 2021, el Pedimento Minero denominado “STROGOFF 4” solicitando la concesión del mismo. SEGUNDO: Que dicho pedimento se inscribió a fojas 39 bajo el Número 37, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 2021. TERCERO: Que el pedimento antes referido se publicó con fecha 08 de febrero de 2021, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que con fecha 22 de julio de 2021, el Servicio Nacional de Geología y Minería mediante su Ord. N°1557 emitió el correspondiente informe técnico consignando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentra conforme con las disposiciones legales vigentes y agrega que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley, y la cara superficial de la concesión solicitada está comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del pedimento minero denominado “STROGOFF 4”, materia de esta concesión son: VERTICES NORTE (m) ESTE (m) VERTICE 1 7.746.000,00 392.000,00 VERTICE 2 7.746.000,00 393.000,00 VERTICE 3 7.743.000,00 393.000,00 VERTICE 4 7.743.000,00 392.000,00 PUNTO MEDIO 7.744.500,00 392.500,00 Y Vistos, además, lo dispuesto en los artículos 57 y 87 del Código de Minería, y artículo 42 del Reglamento
Fallo
SE DECLARA: SE APRUEBA el plano y se declara constituida la concesión de exploración denominada “STROGOFF 4”, con una superficie total de 300 HECTÁREAS, a favor de su solicitante INVERSIONES DOMEYKO LIMITADA, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. Inscríbase esta sentencia dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Pozo Almonte y remítase copia del plano al Conservador de Minas referido para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. En su oportunidad, certifíquese la ejecutoria de la sentencia. El solicitante deberá extraer del sistema de tramitación electrónica las copias necesarias para el cumplimiento de lo ordenado. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad archívese. Dictada por Juez(a) del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pozo Almonte, que se individualiza en la firma electrónica avanzada estampada en la presente sentencia. Pozo Almonte, a veintiocho de septiembre del año dos mil veintiuno, notifiqué por el estado diario de hoy la sentencia que antecede./mad Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora
Texto Completo (Preview)
FOJA: 8.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-217-2021 CARATULADO : INVERSIONES DOMEYKO LIMITADA/ POZO ALMONTE, VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIUNO. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Marcelo Gabriel Castillo Rivero, chileno, casado, Abogado, Cédula Nacional de Identidad número 13.645.653-9; en representación de INVERSIONES D
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