3º Juzgado de Letras de Talca

SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA PAICAVI S.A/

Rol

V-205-2020

Fecha

27 de septiembre de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS A fojas 1 don FERNANDO RODRIGO GATTAS BEHER, casado, Ingeniero Agrónomo en representación de “SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA PAICAVI S.A.”, persona jurídica chilena del giro minero, rol único tributario N° 76.914.444-7, ambos con domicilio en Parcela 10 Matancilla, comuna Pencahue quien señala que desea constituir para su representada una concesión minera de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 300 hectáreas. Su punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Pencahue, Provincia de Talca, Región del Maule y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes 6.081.500,00 metros Norte y 241.500,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano la Canoa 1956, zona 19. Para efecto de constituir la correspondiente concesión de exploración, vengo en presentar este pedimento, solicitando otorgue a mi representada una concesión minera de exploración que se denominará “CHEPICA A9”. El terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 3.000 metros, y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros. En merito de lo dispuesto por los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, solicita se sirva tener por presentado este pedimento minero, certificando la fecha y hora de presentación a través de la oficina judicial virtual, además de ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley, y en definitiva declarar constituida la concesión minera de exploración de su representada, denominada “CHEPICA A9”, además, en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886 sobre tramitación electrónica, la copia a que se refiere el artículo 50 de Código de Minería, se obtendrán de la página las que las cuales lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación. A fo

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: A fojas 1 don FERNANDO RODRIGO GATTAS BEHER, casado, Ingeniero Agrónomo en representación de “SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA PAICAVI S.A.”, persona jurídica chilena del giro minero, rol único tributario N° 76.914.444-7, ambos con domicilio en Parcela 10 Matancilla, comuna Pencahue quien señala que desea constituir para su representada una concesión minera de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 300 hectáreas. Su punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Pencahue, Provincia de Talca, Región del Maule y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes 6.081.500,00 metros Norte y 241.500,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano la Canoa 1956, zona 19. Para efecto de constituir la correspondiente concesión de exploración, vengo en presentar este pedimento, solicitando otorgue a mi representada una concesión minera de exploración que se denominará “CHEPICA A9”. El terreno pedido es el comprendido dentro de un rectángulo trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 3.000 metros, y los otros dos en su orientación Este- Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros. En mérito de lo dispuesto por los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, solicita se sirva tener por presentado este pedimento minero, certificando la fecha y hora de presentación a través de la oficina judicial virtual, además de ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley, y en definitiva declarar constituida la concesión minera de exploración de su representada, denominada “CHEPICA A9”, además, en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886 sobre tramitación electrónica, la copia a que se refiere el artículo 50 de Código de Minería, se obtendrán de la página las que las cuales lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación. SEGUNDO: Que el pedimento minero se inscribió a fojas 1283 a 1285, bajo el Nº403 con fecha 23 de diciembre de 2020, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Talca. TERCERO: Que la inscripción del pedimento minero antes referido, se publicó con fecha 31 de diciembre de 2020, en el Boletín Oficial de Minería de Santiago, ejemplar Nº42.843.- CUARTO: Que con fecha 3 de junio de 2021, el Servicio Nacional de Geología y Minería de Talca, informo los aspectos técnicos relacionados con la Solicitud y Plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes. En efecto, la forma las dimensiones y orientación de la c ara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y esta queda comprendida dentro del terreno pedido. QUINTO: Las coordenadas U.T.M. del Punto Medio (P.M.) y de los vértices que delimitan el perímetro de la cara superior de la concesión de exploración minera solicitada están referidas al Elipsoide Int

Fallo

se decide: Que se DECLARA CONSTITUIDA la concesión minera de Exploración, denominada “CHEPICA A9” a favor de SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA PAICAVI SA representada por don Fernando Rodrigo Gattas Beher y se APRUEBA EL PLANO, acompañados en autos, respecto del pedimento minero presentado en la data de que da cuenta el certificado de 7 de diciembre de 2020. INSCRÍBASE este fallo dentro del plazo legal en el registro correspondiente del Conservador de Minas de Talca. PUBLÍQUESE esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y articulo 43 de su Reglamento. HÁGASE entrega al interesado del original y una copia del plano a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese, dese copia al interesado y archívese en su oportunidad. Rol N° 205-2020. DICTADO POR DON ALVARO SAAVEDRA SEPULVEDA, JUEZ LETRADO TITULAR. AUTORIZA DOÑA GRACIELA CUBILLOS GUERRERO, SECRETARIO SUBROGANTE.- En Talca, a veintisiete de septiembre de dos mil veintiuno, notifique por el estado diario la resolución precedente.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaofici

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FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Talca CAUSA ROL : V-205-2020 CARATULADO : SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA PAICAVI S.A/ Talca, veintisiete de septiembre de dos mil veintiuno.- VISTOS A fojas 1 don FERNANDO RODRIGO GATTAS BEHER, casado, Ingeniero Agrónomo en representación de “SOCIEDAD CONTRACTUAL MINERA PAICAVI S.A.”, persona jurídica chilena del giro mi

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