FERNANDO JAVIER BARRAZA LUENGO C/ SILVIA DEL CARMEN PARGA ARANEDA
Rol
O-8862-2018
Fecha
17 de marzo de 2025
Materia
DELITOS QUE CONTEMPLA EL CODIGO TRIBUTARIO.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos : “Funcionarios del Departamento de Delitos Tributarios del Servicio de Impuestos Internos, realizaron un análisis a diversos antecedentes, entre ellos las bases de datos en poder del Servicio, y otras diligencias conforme a las cuales se pudo determinar que entre los años tributarios 2010 a 2015, EL IMPUTADO Felipe Bernardo Farías Araneda, contador de dieciséis contribuyentes, presentó declaraciones de impuesto a la renta con información falsa, debido a que imputó como rebaja al impuesto de Primera Categoría, un crédito asociado a rentas de Zonas Francas, que no les correspondía a los contribuyentes que asesoraba. Para dicho propósito, en el recuadro N° 7, sobre créditos imputables al Impuesto de Primera Categoría, de sus Formularios N° 22, sobre declaración de impuestos anuales a la renta, presentados y/o rectificados, registró un monto falso en el código 392. Dicha rebaja permitió a los contribuyentes obtener devoluciones indebidas de impuestos a la renta en algunos casos, y en otros conseguir rebajas en el impuesto de primera categoría que les correspondía pagar. En efecto, el imputado, asesorando a los contribuyentes, consignó en sus declaraciones de impuestos a la renta Formulario 22, entre los años tributarios 2010 a 2015, crédito de Zona Franca y otros, código 392, lo que permitió a dichos contribuyentes solicitar devoluciones de impuestos a la renta en algunos casos y en otros obtener rebajas en el impuesto de primera categoría que les correspondía pagar. Código: TNDNXTHUYXL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se debe señalar que el Decreto con Fuerza de Ley N° 341 de 1977, del Ministerio de Hacienda sobre Zonas Francas establece un beneficio tributario para las empresas instaladas en Zonas Francas. Dicho beneficio se encuentra dirigido a las sociedades administradoras de Zonas Francas, como así también a los usuarios que se instalen dentro de las Zonas Francas definidas por ley, los
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a FELIPE BERNARDO FARIAS ARANEDA, ya individualizado, en su calidad de autor del delito consumado de DECLARACIÓN MALICIOSAMENTE INCOMPLETA O FALSA Y DEVOLUCIÓN IMPUESTOS INDEBIDA, previsto y sancionado en el artículo 97 N°4 inciso primero y tercero del Código Tributario, perpetrado en esta jurisdicción entre los años 2010 a 2015, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, más una multa ascendente a $30.000.000.- (treinta millones de pesos), para ser pagados en el plazo de 48 horas desde que estuviere firme y ejecutoriada la presente sentencia y $1.000.000.- (un millón de pesos) mensuales, por el lapso treinta y seis (36) meses a partir del mes de abril del presente año y además, renunciar a la retención de $5 403.763.- (cinco millones cuatrocientos tres mil setecientos sesenta y tres pesos) los que deberán ser depositados en la cuenta II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituye para el sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social Código: TNDNXTHUYXL Este documento tiene firma electrónica y su original
Texto Completo (Preview)
ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO CON ADMISIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL IMPUTADO. Fecha : Diecisiete de marzo de dos mil veinticinco. Imputado : FELIPE BERNARDO FARÍAS ARANEDA, cédula de identidad N° 0013596079-9, con domicilio en Avenida 18 de septiembre N°707, comuna de Paine. Víctima : SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS Fiscal : MARÍA EUGENIA ARANEDA CANALES Defensor : KAELY
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