MINISTERIO PUBLICO C/ LUIS EDGAR CASTILLO ORTEGA
Rol
O-2108-2024
Fecha
17 de marzo de 2025
Materia
DAÑOS SIMPLES., FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL)
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 12 de junio del año 2024, siendo aproximadamente las 16:00 horas, en circunstancias que Carabineros de la Segunda Comisaría de Quilpué, efectuaba un patrullaje por el sector en Avda. El Retiro calle San Luis, en el sector se acercó el imputado LUIS EDGAR CASTILLO ORTEGA, quien de manera agresiva comenzó a gritar a viva voz a Carabineros “valís callampa paco culiao, son una mierda de pacos, te paso por la corneta”, lo que provocó que los funcionarios policiales descendieran del vehículo policial, efectuando un control de identidad y luego con la finalidad de conducirlo a la Unidad Policial, sube al carro policial, en el trayecto el imputado comienza a golpear las protecciones del calabozo, dándole patadas a las ventanas del mismo, de manera reiterada, logrando abrir la ventana de la puerta trasera del costado derecho del carro policial, logrando dañarla y abrirla, teniendo que pedir Carabineros colaboración a otros dispositivos para traspasarlo a otro vehículo policial y llevarlo al hospital y luego a la Unidad Policial. El carro policial que corresponde al Z9742, resultó con daños de consideración, avaluados en la suma aproximada de $2.000.000.- SENTENCIA ABSOLUTORIA: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 487 y 495 N° 4 del Código Penal, 16, 45, 48, 297, 340 y 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a LUIS EDGAR CASTILLO ORTEGA, cédula de identidad N° 15.714.472-3, ya individualizado, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autor de un delito de DAÑOS, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal y un ilícito FALTA DE RESPETO A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 495 N° 4 del mismo cuerpo legal, ambos consumados, y por hechos presuntamente ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal, con fecha 1
Fallo
se resuelve: I.- Que se ABSUELVE a LUIS EDGAR CASTILLO ORTEGA, cédula de identidad N° 15.714.472-3, ya individualizado, de la imputación realizada por parte del Ministerio Público como autor de un delito de DAÑOS, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal y un ilícito FALTA DE RESPETO A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 495 N° 4 del mismo cuerpo legal, ambos consumados, y por hechos presuntamente ocurridos en territorio jurisdiccional de este Tribunal, con fecha 12 de junio del año 2024.- II.- Que se exime de costas al Ministerio Público, estimando que litigó con motivo plausible. Dese cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese la sentencia en su oportunidad. Sentencia firme y ejecutoriada. RUC N° 2400677904-9 RIT N° 2108-2024 Código: XGWWXTTZZKL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dictada por doña PAULA BEATRIZ MILLON LORENS, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: XGWWXTTZZKL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-18T23:10:43-0300
Texto Completo (Preview)
Imputado apercibido por el artículo 26 del Código Procesal Penal. HECHOS: El día 12 de junio del año 2024, siendo aproximadamente las 16:00 horas, en circunstancias que Carabineros de la Segunda Comisaría de Quilpué, efectuaba un patrullaje por el sector en Avda. El Retiro calle San Luis, en el sector se acercó el imputado LUIS EDGAR CASTILLO ORTEGA, quien de manera agresiva comenzó a gritar a viv
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