MOYA/COLGRAM S.A.
Rol
M-263-2022
Fecha
3 de octubre de 2022
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO.- Individualización completa de las partes litigantes. Que son partes en este juicio laboral RUC 22- 4-0422921-8; RIT N° M-263-2022; del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, en Monitorio, como demandante doña Cinthia Susana Moya Faúndez, cédula nacional de identidad N° 16.997.826-3, domiciliada para estos efectos en calle 4 N°167 San Clemente, y como demandado COLGRAM S.A., RUT N° 76.568.680-6, representada legalmente por doña Claudia Andrea Ortiz Sánchez, cédula nacional de identidad N° 14.527.477-K, ambos domiciliados en calle 1 Sur N°1156, Talca, asistidas en audiencia por la abogada doña Paola Eliana Ballas Hessin, cédula nacional de identidad N°19.289.970-2. SEGUNDO. Antecedentes de la demanda. Comparece la demandante y pide concretamente se declare que su despido de 23 de mayo de este año es absolutamente injustificado, indebido o improcedente por no existir fundamento plausible y se condene a la demandada la pago de $2.315.985 por concepto de Incremento legal del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo, debiendo condenarse a la demandada al pago de todos los intereses y reajustes legales, con expresa condena en costas. Sostiene haber ingresado el 21 de marzo del año 2012 a prestar servicios de manera indefinida para la demandada bajo vínculo de subordinación y dependencia vendiendo productos Colloky en la tienda ubicada en calle 1 Sur N° 1156 de Talca, en el cargo de “vendedor asistente”, en funciones como ingreso de mercadería, venta y reposición de productos y se desempeñaba como cajera, entre otros, en una jornada laboral de 45 horas semanales distribuidas en 5 días a la semana y percibiendo una remuneración mensual de $771.995. Indica que fue despedida el 27 de julio del año 2022, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 161 N° 1 del Código del Trabajo, señalando al efecto, como antecedentes de hecho fundantes, lo siguiente: “Las circunstancias de hecho que configuran la causal de despido invocada corresponden a u
Fallo
se declara: I.- que el despido de la actora ocurrido el 27 de julio de 2022 es improcedente y se condena a la demandada al pago de $2.315.985 por concepto de recargo legal del 30% de la Indemnización por años de servicio. II.- Que las sumas de dinero indicadas se pagarán más los reajustes e intereses legales calculados de la forma prevista en el artículo 173 del Código del Trabajo. III.- Que no obstante resultar completamente vencida en juicio, no se condena a la demandada a pagar las costas de la causa, por haber tenido motivo plausible para litigar. Las partes quedan válidamente notificadas de la sentencia en la actuación decretada para el día de hoy. Regístrese y en su oportunidad archívese. RIT N° M-263-2022 RUC N° 22- 4-0422921-8 Dirigió la audiencia y dictó sentencia Jaime Cruces Neira, Juez titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca.
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SENTENCIA. PROCEDIMIENTO: Monitorio MATERIA: DESPIDO INJUSTIFICADO, INDEBIDO E IMPROCEDENTE Y COBRO DE PRESTACIONES LABORALES DEMANDANTE: CINTHIA SUSANA MOYA FAÚNDEZ DEMANDADO: COLGRAM S.A. RIT N° M-263-2022 RUC N° 22- 4-0422921-8 Talca, a tres de octubre de dos mil veintidós VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO.- Individualización completa de las partes litigantes. Que son partes en este juicio labora
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