Juzgado de Letras y Garantía de Quirihue

APABLAZA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COBQUECURA

Rol

T-5-2022

Fecha

3 de octubre de 2022

Materia

Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

antecedentes de hecho y

Fundamentos

fundamentos de derecho que se pasan a destacar. SEGUNDO: Pretensión y argumentos de la actora. 1.-Con fecha 01 de junio de 2017, Tatiana Apablaza fue contratada por la Ilustre Municipalidad de Cobquecura para prestar servicios como Técnico en enfermería, en la Unidad de Farmacia al interior del CESFAM Cobquecura ubicado en calle Chacabuco N° 473 de la comuna de Cobquecura en el marco de la ejecución del programa “FOFAR”, en virtud del convenio de colaboración entre el Servicio de Salud Ñuble y la Ilustre Municipalidad de Cobquecura. 2. Su contrato era a plazo fijo de conformidad a la ley 19.378 que establece el estatuto de atención primaria de Salud Municipal. 3. En primera instancia, la vigencia del contrato suscrito se estipuló hasta el día 31 de diciembre de 2017, no obstante, lo indicado, mediante sucesivas contrataciones y renovaciones continuó prestando los servicios indicados durante los períodos que a continuación se señalan: - 01 de enero de 2018 a 31 de diciembre de 2018. - 01 de enero de 2019 a 31 de diciembre de 2019. - 01 de enero de 2020 a 31 de diciembre de 2020. - 01 de enero de 2021 a 31 de marzo de 2021. - 01 de abril de 2021 a 31 de diciembre de 2021. 4. Que, en cuanto a la naturaleza de las funciones que ella debía desempeñar como técnico en enfermería, se encontraban las siguientes: a.- Despachar los productos farmacéuticos de acuerdo a la prescripción del profesional, envasando y rotulando éstos conforme a las indicaciones técnicas impartidas. b.- Despachar los medicamentos sujetos a control legal de acuerdo a lo establecido según norma técnica. c.- Registrar diariamente el movimiento de fármacos e insumos, en los medios tecnológicos o manuales que corresponda y en las distintas situaciones que suceden al interior de la unidad. d.- Realizar periódicamente inventarios de los medicamentos e insumos según sea solicitado. e.- Verificar mensualmente el vencimiento de medicamentos e insumos, alertando de forma oportuna al jefe de unidad. f.- Registrar según protocolo establecido, el rechazo de los fármacos por parte de los usuarios, sobre todo de los medicamentos FOFAR. g.- Realizar las planillas de destrucción de fármacos vencidos y cumplir con el protocolo establecido. h.- Conocer la norma técnica nº12 del MINSAL y dar cumplimiento a las normas y disposiciones generales relativas a la conservación y al control de existencia de los productos farmacéuticos. i.- Conocer las normas de almacenamientos y de manejo de bodegas, aplicando los conocimientos en la bodega de medicamentos e insumos. j.- Contribuir en la promoción de la adherencia al tratamiento farmacológico, guiándose por las indicaciones médicas al momento del despacho de medicamentos. k.- Aplicar rigurosamente técnicas de asepsia en el manejo de materiales y en la mantención del lugar del trabajo. l.- Cumplir con eficiencia, eficacia y oportunamente con todas las funciones anteriormente descritas y además las que le encomiende su jefe Directo o quien lo subrogue. 5.

Fallo

por tanto, con ella me contactaba para hacer unas consultas. Ha realizado la labor de técnico en enfermería en el aérea de la farmacia, entregaba los medicamentos, realizaba esa función y también en algunas oportunidades también la dejaban en la urgencia. Realizaba esa labor desde a mediados del año 2017, lo sabe porque como trabaja y vive en la comuna de Cobquecura, y lo se porque tengo también conocidos en el Cesfam que corroboraron esa información, y como la conozco, ella me contó cuando comenzó a trabajar en el Cesfam. ¿Cómo fue el desempeño de sus funciones durante el tiempo que trabajó? En pueblo chico todo se sabe, y ella trabajaba en la farmacia entregando medicamentos a los usuarios, su labor por lo que tengo conocimiento fue destacada, tenía buen trato con quienes retiraban los medicamentos. A mi me ha tocado llamar a personas de la comuna que van al Cesfam, y se refieren muy bien de ella, y le contaban que la profesional Apablaza atendía muy bien, y les entregaba los medicamentos. ¿Hasta cuándo realizó estas funciones? Hasta el 31 de diciembre de 2021. Lo sabe porque cuando le mencionaron que iba a terminar su trabajo y como la conozco, y sabía que iba a ser desvinculada, no la quise dejar sola y decidí acompañarla. ¿Por qué motivos la desvincularon? Se le mencionó que ella no podía seguir, porque el programa en que estaba trabajando no iba a continuar, pero no fue la razón para desvincularla, sabíamos que iba a ser discriminada políticamente, la iban a sacar de su

Texto Completo (Preview)

Procedimiento: Tutela de Derechos Fundamentales. Materia: Denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido. Denunciante: Tatiana Cecilia Apablaza Parra. Denunciado: Ilustre Municipalidad de Cobquecura. Quirihue, a treinta de septiembre de dos mil veintidós. Visto, oído y teniendo presente: PRIMERO: Partes del juicio. Compareció doña Tatiana Cecilia Apablaza, cédula de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica