Juzgado de Garantía de Arica

FISCALIA ARICA C/ MARIANELA DEL CARMEN URDERO GARRIDO

Rol

O-2531-2024

Fecha

13 de marzo de 2025

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “Conforme a una investigación que dice relación a la comercialización de drogas en redes sociales, ferias libres entre ellas medicamentos prohibidos por la ley 20.000, siendo principalmente los jarabes para la tos contenedores de codeína como insumo principal. De modo que, se estableció en la investigación el uso de farmacias de fachada ubicadas en la ciudad de Santiago Región Metropolitana, para la compra de grandes cantidades de medicamentos entre ellos jarabes para la tos contenedores de codeína; los que eran enviados a la ciudad de Arica, para su comercialización en el mercado informal. Cabe señalar que, por medio de distintas diligencias investigativas la Policía de Investigaciones de Chile; identificó una estructura criminal, liderada por los imputados: Alexander Nicolás GODOY NUÑEZ, quien junto a su pareja ALANIS NOEMI OPAZO URDERO, lograron adquirir distintas farmacias y una veterinaria todas ellas ubicadas en la Región Metropolitana, con la cual adquirían medicamentos prohibidos por la ley 20.000 para su venta y distribución en distintas regiones entre ellas la de Arica y Parinacota. Estas acciones ilícitas era desarrolladas en conjunto con: Marjorie NEIRA LOPEZ y Hevan Alexis ROMERO URRA, quienes al alero GODOY NUÑEZ y OPAZO Código: WMXKXTUSBFL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl URDERO, utilizaban una de las farmacias adquiridas de nombre: “Farmacia VIDASOLMAR” (perteneciente a Inversiones SOLMARANT, de propiedad de Alanís OPAZO URDERO), quien a la fecha de sus detenciones no registraba ventas consistentes y era utilizada para adquirir los medicamentos en grandes cantidades entre ellos Jarabes contenedores de codeína y otros medicamentos con prohibiciones de venta (receta médica retenida), siendo NEIRA LOPEZ con ROMERO URRA, brazos operadores tanto para la compra y distribución de las drogas como a su vez para el lavado del dinero obtenido con las ganancias de la venta indiscrimin

Fallo

se declara: Código: WMXKXTUSBFL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se condena a EDUARDO ENRIQUE NEIRA LÓPEZ, cédula de identidad N° 14.197.411-4, ya individualizado, a las penas de cuatro años de presidio menor en su grado máximo, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, multa de dos unidades tributarias mensuales y comiso de las especies y dinero incautados, sin costas, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de drogas, castigado por el artículo 3° de la Ley 20.000, cometido en Arica durante los meses de febrero y marzo del año 2024. La multa se pagará en pesos y tendrá plazo hasta el 31 de marzo de 2026. Si no la pagare será citado a audiencia conforme lo establece el artículo 49 del Código Penal. La pena corporal se cumplirá en forma efectiva, sirviéndole de abono los doscientos treinta y cinco (235) días que el imputado ha estado privado de libertad en la causa, entre el 21 de julio de 2024 y ayer. Regístrese y dese cumplimiento a lo previsto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y 17 de la Ley 19.970, que crea el Sistema Nacional de Registro de ADN Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella se encuentra ejecutoriada. Orden de ingreso como rematado. Ofíciese al Depto. De Control Penitenciario d

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, trece de marzo de dos mil veinticinco. Magistrado JUAN GUSTAVO ARAYA CONTRERAS Fiscal CARLOS ALBERTO MARIN SANDOVAL Defensora privada MICHEL GABRIELA FARÍAS PÉREZ Tipo Audiencia Preparación juicio oral y traspaso a unidad penal Hora inicio 11:44 Hora termino 12:10 Sala 4 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 2400383607-6-992-250313-00-26-PJOR JAC J

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