1º Juzgado de Garantía de Santiago

OS7 C/ MAURICIO IGNACIO JORQUERA ASTETE

Rol

O-662-2024

Fecha

13 de marzo de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido la Juez): “Que, el día 21 de febrero 2 2 , a las 22. horas aproximadamente, en el Complejo Aeroparque, ubicado en calle Miraflores 93 comuna de Pudahuel, los imputados Jorge Alvarez Gonzalez y Mauricio Jorquera Astete, ingresaron por medio del escalamiento, para luego forzar las latas de acceso al interior del Centro de Distribución, con el objeto de sustraer especies desde el interior, no logrando su objetivo al ser sorprendidos por los Guardias de Seguridad de la empresa.” Resolución: (Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal acogidas: Art.11 N° 6 y Art.11 N° 9 del Código Penal) - Se Condena a MAURICIO IGNACIO JORQUERA ASTETE, como autor del ilícito de Robo con fuerza en lugar no habitado, en grado de tentado del artículo 2 N° 1 del Código Penal, hecho ocurrido el día 21 de febrero 2 2 , a la Pena de Cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, más accesorias de suspensión de cargo u oficio público, durante el tiempo de la condena. -La pena se le sustituye por remisión condicional por el lapso de un año. -Si esta pena le fuese revocada, tiene como abonos, el día 21 de febrero de 2 2 y el día de hoy 13 de marzo de 2 2 , por lo tanto dos días de abono. - Que, se le exime del pago de las costas, al haber renunciado a su derecho a juicio, lo que significó un ahorro para el Estado en recursos humanos y materiales. .- El penado debe cumplir en el CRS Santiago Norte, Recoleta N° 1 , comuna de Recoleta, de forma posterior y sucesiva a la que actualmente cumple por sentencia dictada por el 2° Juzgado de Garantía de Santiago en causa RIT 1 1 -2 23. Debe presentarse ante el CRS Santiago Norte de Gendarmería a cumplir su condena, entre el 28 de marzo de 2 2 , a las 9: hrs. Una vez ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes, renuncian a los plazos y recursos legales. (Sentencia eje

Texto Completo (Preview)

COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, trece de marzo de dos mil veinticinco TRIBUNAL: Primer Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: MARÍA INES HERNÁNDEZ CÁCERES RUC: - RIT: - IMPUTADO: MAURICIO IGNACIO JORQUERA ASTETE C.I: - Hechos (corresponden a los que tuvo por establecido la Juez): “Que, el día 21 de febrero 2 2 , a las 22. horas aproximadamente, en el

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