Juzgado de Garantía de Punta Arenas

PDI C/ ROBINSON GEOVANNI GUZMÁN CÁCERES

Rol

O-3255-2023

Fecha

12 de marzo de 2025

Materia

FALSIFICACIÓN DE DINERO ART. 64 LEY 18.840 DEL BANCO CENTRAL, HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos 1: “El día 07 de agosto de 2023, siendo aproximadamente las 13:20 horas, el imputado ROBINSON GUZMÁN CÁCERES junto a otro sujeto no identificado , ingresaron al Minimarket “Bauer”, ubicado en calle Chiloé N° 930 de esta ciudad, de propiedad de Ailyn Ulloa Carvajal , solicitando este último a la cajera del local, le venda dos café de máquina , en tanto el imputado Guzmán Cáceres recorre el local y procede a sustraer con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueña, dos tarros de crema de Leche, los que introdujo en la mochila que portaba, para luego entregarle a la cajera, en supuesto pago del precio de los dos café de maquina; un billete de similares características a un billete de curso legal de $10.000 pero que era falso, haciéndolo circular en el comercio, documento que por sus particularidades era de fácil aceptación como verdadero, lo que provocó que la cajera lo recibiera como auténtico, por lo que el imputado recibió el vuelto correspondiente a la suma de $6.400 , defraudando a la víctima en la suma de $10.000; para luego retirarse del lugar y sin pagar los dos tarros de crema de leche avaluados en la suma de $10.000”.- Hecho 2: Código: KXSQXTSJNDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl “Que el día 15 de agosto de 2023, siendo aproximadamente las 13:55 horas, el imputado ROBINSON GUZMÁN CÁCERES, vuelve a ingresar al Minimarket Bauer, ubicado en calle Chiloé N° 930 de esta ciudad, de propiedad de Ailyn Ulloa Carvajal portando un billete de similares características a un billete de curso legal de $10.000 pero que era falso, haciéndolo circular en el comercio pues lo utilizó para pagar supuestamente el precio de una bebida de 1 litro, entregándole dicho billete a la cajera del local, documento que por sus particularidades es de fácil aceptación en lugar del verdadero, apropiándose de la bebida y del vuelto de la compra, para luego retirarse del lugar, defraudando a la víctima en la suma de $10

Fallo

por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos, 1, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15, 21, 30, 50, 60, 68, 70, artículo 446 N° 2, 432 todos del Código Penal; artículo 64 de la Ley 18.840, artículo 10 y siguiente de la Ley 18.216, artículos 393 y siguientes del Código Procesal Penal, especialmente artículo 407 de dicho texto legal, SE DECLARA: I.- Que se condena a don ROBINSON GEOVANNI GUZMÁN CÁCERES, N° 18.070.208-3, ya individualizado a TRES (03) PENAS DE 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y a TRES (03) PENAS DE MULTA DE CINCO (05) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, como AUTOR DIRECTO del delito CONSUMADO previsto y sancionado en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Banco Central Ley 18.840. Por los hechos acontecidos el 07 de agosto del año 2023, el 15 de agosto del año 2023 y el 22 de agosto del año 2023, en el territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que igualmente se condena a don ROBINSON GEOVANNI GUZMÁN CÁCERES, ya individualizado a la pena de CIEN (100) DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, MULTA DE UNA (01) UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesoria legal del artículo 30 del Código Penal como AUTOR DIRECTO del delito CONSUMADO de HURTO, previsto y sancionado en el artículo 446 N° 2, en relación con el artículo 432 del Código Penal por el hecho Código: KXSQXTSJNDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acontecido el día 23 de agosto del

Texto Completo (Preview)

Sentencia: Contra: ROBINSON GEOVANNI GUZMÁN CÁCERES, Cédula de Identidad N° 18.070.208-3, teléfono celular 983302234, domiciliado calle Juan Chávez N° 035, séctor Cerro San Francisco, de la ciudad de Talcahuano. Hechos 1: “El día 07 de agosto de 2023, siendo aproximadamente las 13:20 horas, el imputado ROBINSON GUZMÁN CÁCERES junto a otro sujeto no identificado , ingresaron al Minimarket “Bauer”,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica