2º Juzgado de Garantía de Santiago

PABLO SERGIO MEJÍAS MUÑOZ C/ JONATHAN ROBERTO ARAVENA NARVÁEZ

Rol

O-4361-2023

Fecha

12 de marzo de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Ante el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, se realizó la audiencia de procedimiento simplificado, con la asistencia del Fiscal Adjunto Sr. Diego Guerrero P. y de la defensora penal público Sra. Francisca Rojas G. Comparece el imputado Ari Bryan Hormazábal González, cédula de identidad 18.726.031-0, domiciliado en calle Socaire N° 315, departamento A – 34, Quilicura.- Los hechos atribuidos al requerido consisten, en síntesis, en que: El día 27 de Noviembre de 2023, alrededor de las 03:15 horas, en avenida San Martín 404, de la comuna de Quilicura, los acusados ingresaron escalando el muro perimetral a un taller mecánico o Serviteca ubicado en dicho lugar, forzaron un estante y sustrajeron tres sensores alineadores de rueda de vehículo, los cuales dejaron ocultos detrás de un vehículo que se encontraba en mantenimiento en el taller, siendo sorprendidos al interior del taller por Jean Wilky Vertilus quien se encontraba pernoctando en el lugar. En concepto de la Fiscalía el hecho constituye un delito de robo con fuerza en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, en grado de consumado, correspondiéndole participación en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 Nº 1 del mismo código.- El Ministerio Público reconoce circunstancias atenuantes de responsabilidad contempladas por el artículo 11 N°s 6 y 9 y solicita se impongan las penas de 61 días de presidio menor en grado mínimo, accesorias legales, sin costas.- 2º Habiéndose advertido al imputado de las penas probables de aplicar vía admisión de responsabilidad en esta audiencia o previo juicio oral, público y contradictorio, aceptó su responsabilidad y juzgamiento inmediato en la audiencia.- 3º En mérito de la aceptación de responsabilidad que efectúa la imputada, respecto de los hechos objeto de requerimiento, se tendrá justificado como hechos de la causa que, efectivamente en horas de la madrugada del 27 de Noviembre de 2023, dos s

Fundamentos

considerando que careciendo el imputado de antecedentes anteriores, puede acceder a beneficios de la Ley 18.216, específicamente régimen de condena remitida.- Efectivamente la circunstancia anotada por la defensa, la extensión temporal de la pena y los fines de resocializadores de los modos o formas de cumplimiento alternativo de las penas, permiten acceder al beneficio solicitado .- 5º Se eximirá de condena en costas, por cuanto al admitir responsabilidad y permitir la realización de este procedimiento el requerido produjo un significativo ahorro de recursos materiales y económicos al Estado

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo previsto en los artículos: 36, 45, 47, 295, 297, 340, 341, 342, 348, 394, 395, del Código Procesal Penal; 1, 7, 11 Nº 6 y 9, 14 Nº1, 15 Nº 1, 30, 68 , 432 y 442 del Código Penal, Ley 18.216, se declara: Se condena a la Ari Bryan Hormazábal González, cédula de identidad 18.726.031-0, ya individualizado, a las siguientes penas: 61 días de presidio menor en grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el lapso cumplimiento de condena, en calidad de autor de un delito de robo con fuerza en lugar no habitado, consumado, perpetrado el 27 de Noviembre de 2023. A la pena privativa de libertad se cumplirá bajo régimen de condena remitida, quedando el sentenciado sujeto a control de la Sección de Tratamiento en Medio Libre de Gendarmería de Chile, por el lapso de un año. En el evento de revocarse dicho régimen y decretarse el cumplimiento efectivo de la condena, se reconocen tres días de abono correspondiente a: 27 de Noviembre de 2023, 20 de Marzo de 2024 y 12 de Marzo de 2025.- Se exime al imputado de condena en costas de la causa. Ofíciese al Servicio de Registro Civil e Identificación a fin de que omita del certificado de antecedentes del sentenciado esta condena, al tenor de lo dispuesto en el artículo 38 de la ley 18.216. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por don Paulo Orozco López, Juez Titular de Garantía de Santiago Código: CLMNXTXJNSJ Este documento tiene firma electrónica y s

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DELITO : ROBO CON FUERZA en LUGAR NO HABITADO ART. 442 C.P. IMPUTADO : ARI BRYAN HORMAZABAL GONZALEZ SENTENCIA : CONDENATORIA RUC : 2300683916-9 RIT : 4361 - 2023 Santiago, doce de Marzo del dos mil veinticinco VISTOS: PRIMERO: Ante el 2° Juzgado de Garantía de Santiago, se realizó la audiencia de procedimiento simplificado, con la asistencia del Fiscal Adjunto Sr. Diego Guerrero P. y de la defen

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