Juzgado de Garantía de Osorno

MIRIAM DEL CARMEN CASTILLO JELDRES C/ JUAN CARLOS MUÑOZ ROJAS

Rol

O-4609-2024

Fecha

12 de marzo de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: “El día 03 de mayo de 2024, aproximadamente a las 22:40 horas, el imputado JUAN CARLOS MUÑOZ ROJAS, condujo en manifiesto estado de ebriedad, el camión, PPU. GDKV-24, marca Freightlinder, por la Avenida Julio Buschmann N°2383, en la comuna de Osorno, siendo detenido y fiscalizado por Carabineros, percatándose que se encontraba en estado de ebriedad por su hálito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar. Al examen tomado al imputado, arrojó que ésta mantenía una concentración alcohólica de 1.71 gramos por mil de alcohol, según examen intoxylaizer”. Y

Fundamentos

considerando además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11°9, 14, 30, 50, 52, 67, 68, 69 y 70 del Código Penal; 342, 388, 393, 394, 395, del Código Procesal Penal; Ley 18.216; y 18.290 y 20.603 y sus Reglamentos,

Fallo

se declara: I. Que, se condena a JUAN CARLOS MUÑOZ ROJAS, cédula de identidad Nº8226017-K, se ignora ocupación, domiciliado en la comuna de Talca, calle 12 Norte A N°2167; como autor en el delito de manejo en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso 1° en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290, cometido en esta jurisdicción, el día 03 de mayo de 2024, en grado de desarrollo consumado, a sufrir las penas siguientes: CUARENTA Y UN DÍAS de prisión en su grado máximo; a una multa, a beneficio fiscal, de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; a la suspensión de la licencia de conducir, por DOS AÑOS, y a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. II. Que, la pena de multa se enterará los primeros quince días de abril de 2025. En caso de que la multa no fuere enterada, sufrirá por vía de sustitución la pena de reclusión, regulándose ésta en un día por cada tercio de una Unidad Tributaria Mensual. Sin abonos. III. Que, concurriendo los requisitos del artículo 4º de la Ley Nº 18.216, se le concede al imputado, quien deberá cumplir las exigencias del artículo 5° del mismo estatuto, la sustitutiva de la REMISIÓN CONDICIONAL, por el plazo de observación de Código: JGQXXTDXJDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 un año debiendo apersonarse para estos efectos al CRS de Talca, los primeros quince días de abril de 2025, bajo apercibimiento de despacharse orden de dete

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1 RUC 2400508917-0 RIT 4609-2024 DELITO Manejo en estado de ebriedad NOMBRE DEL IMPUTADO JUAN CARLOS MUÑOZ ROJAS PROCEDIMIENTO Simplificado. OSORNO, doce de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: Que la parte expositiva y considerativa constan, en registro de audio pertinente. Teniendo presente los siguientes hechos: “El día 03 de mayo de 2024, aproximadamente a las 22

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