ARANCIBIA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCON
Rol
C-6236-2019
Fecha
24 de septiembre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Con fecha 18 de diciembre de 2019, comparece do a ñ Javiera Barr aí Larra ní , abogada de la Corporaci n de Asistencia Judicial de Conc n, domiciliadaó ó en calle San Agust n N° 1347, comuna de Conc n, quien comparece ení ó representaci n convencional de do a Orfilia del ó ñ Carmen Arancibia Nu ezñ , chilena, labores de hogar, domiciliada en Fundo el Mirador de santa Luisa, sitio N°9, Quintero, quien viene en interponer en juicio ordinario de menor cuant a,í demanda de declaraci n de prescripci n de la acci n de cobro de derechosó ó ó de aseo domiciliario, en contra de la Ilustre Municipalidad de Conc nó , Corporaci n Aut noma de Derecho P blico, con domicilio en Avenida Santa Lauraó ó ú N° 567, Conc n, cuyo representante legal es su alcalde Sr. ó Oscar Sumonte Gonz lezá o quien ejerza actualmente dicho cargo. Solicita, tener por interpuesta demanda para la declaraci n de la prescripci nó ó de la acci n de cobro de los derechos de aseo domiciliario adeudados por estaó parte desde el a o 1997 hasta tres a os atr s, por encontrarse prescrita la deudañ ñ á por dicho concepto, en contra de la I. Municipalidad de Conc n, ya individualizada,ó admitirla a tramitaci n, y en definitiva declarar que se encuentra prescrita la acci nó ó para el cobro de los derechos de aseo domiciliario y la se alada deuda, desde elñ mes de octubre del a o 1997 hasta 31 de diciembre de 2016, por un monto deñ $1.289.896, respecto del inmueble ubicado en avenida Cort s sin n mero, comunaé ú de Conc n, inscrito a mi nombre y del resto de los comuneros a fojas fojas 1015ó v. N° 1002 del Registro de Propiedad del a o 2014, del Conservador de Bienesñ Ra ces de Conc n. í ó Con fecha 18 de diciembre de 2019, la demandante acompa documentos.ñó Con fecha 19 de febrero de 2020, la demandada contest la demanda yó dedujo demanda reconvencional. Con fecha 21 de febrero de 2020, la demandante contest la demandaó reconvencional. Con fecha 08 de julio de 2020, se llev a efecto la audiencia deó concili
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, con fecha 18 de diciembre de 2019, comparece do a ñ Javiera Barr a Larra ní í , abogada de la Corporaci n de Asistencia Judicial de Conc n,ó ó domiciliada en calle San Agust n N° 1347, comuna de Conc n, quien compareceí ó en representaci n convencional de do a Orfilia del ó ñ Carmen Arancibia Nu ezñ , chilena, labores de hogar, domiciliada en Fundo el Mirador de santa Luisa, sitio N°9, Quintero, quien viene en interponer en juicio ordinario de menor cuant a, demanda de declaraci n de prescripci n de la acci n de cobro deí ó ó ó derechos de aseo domiciliario, en contra de la Ilustre Municipalidad de Conc nó , Corporaci n Aut noma de Derecho P blico, con domicilio en Avenidaó ó ú Santa Laura N° 567, Conc n, cuyo representante legal es su alcalde Sr. ó Oscar Sumonte Gonz lezá o quien ejerza actualmente dicho cargo. Se ala que su representada es due a de derechos respecto del inmuebleñ ñ ubicado en Avenida Cort s sin n mero, de la comuna de Conc n, inscritos a sué ú ó nombre a fojas 1015 v. N° 1002 del Registro de Propiedad del a o 2014, delñ Conservador de Bienes Ra ces de Conc n. Que, adquiri dichos derechos junto aí ó ó Regina del Transito Arancibia Nu ez, Cristian Fernando Arancibia Nu ez, H ctorñ ñ é Miguel Arancibia Nu ez, Guillermo Eduardo Arancibia Nu ez, Maria Olgañ ñ Arancibia Nu ez, Juan Jos Arancibia Nu ez, Marcelina In s Arancibia Nu ez,ñ é ñ é ñ Marcos Segundo Arancibia Nu ez, Raquel del Rosario Arancibia Nu ez, Celindañ ñ Rosa Arancibia Nu ez, Carlos Enrique Arancibia Nu ez, Juana Rosa Arancibiañ ñ Nu ez, Filomena del Carmen Arancibia Nu ez, Fidelina Margarita Arancibia Nu ezñ ñ ñ y Juana Rosa Nu ez Rivera, por sucesi n por causa de muerte de su padre donñ ó Carlos Enrique Arancibia Toro, seg n consta en las inscripciones ya individualizadas,ú form ndose en consecuencia una comunidad entre sus hermanos y madre. á Relata que, creyendo que el inmueble antes individualizado estaba exento del pago de derechos de aseo domiciliario, su representada solicit un certificado deó deuda de derechos de aseo, encontr ndose con la sorpresa que la propiedad registraá una deuda por derechos de aseo entre los a os 1997 hasta la fecha, dando un totalñ adeudado de $1.453.387,- deuda respecto de la cual la I. Municipalidad no ha intentado su cobro, habiendo transcurrido el plazo de prescripci n para intentarloó respecto de los derechos de aseo devengados en los a os 1997 y 2016, as comoñ í cualquier deuda que exista por dicho concepto hasta hace tres a os atr s, por unñ á monto de $1.289,896. Hace presente que el art culo 2514 del C digo Civil se ala lo siguiente:í ó ñ “La prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamenteó cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigible”. Por su parteó el art culo 2515 inciso primero del mismo C digo dice: “Este tiempo es en generalí ó de tres a os para las acciones ejecuti
Fallo
por tanto, el municipioñ á habilitado para exigir el pago de los derechos de aseo domiciliarios devengados desde dicha fecha en adelante. Solicita se tenga por contestada la demanda interpuesta en su contra, aceptando la demanda contraria en los t rminos expresados en el presente libelo,é pidiendo desde ya se exima del pago de costas a la Corporaci n Edilicia queó represento, por tener motivo plausible para litigar y por haberse allanado parcialmente a la demanda. Que, en la misma presentaci n, y mediante la representaci n que invisteó ó viene en deducir demanda reconvencional de cobro de pesos o sumas adeudadas por cobro de derechos de aseo, en contra de do a Orfilia delñ Carmen Arancibia N ezúñ , labores de casa, domiciliada en Fundo El Mirador de Santa Luisa, sitio Nº 9, Quintero, quien ha actuado en representaci n de laó comunidad hereditaria. Expresa que, en base al documento acompa ado por la propia parteñ demandante principal, esto es, estado de corriente derechos de aseo domiciliario, emanado de la Direcci n de Administraci n y Finanzas, Secci n Gesti n deó ó ó ó Cobranzas Administrativas de la I. Municipalidad de Conc n de fecha 03 deó Octubre de 2019, consta el nombre de uno de los integrantes de la sucesi nó demandada reconvencional y la propiedad sujeta a dicha obligaci n ubicada enó Avenida Cort s S/Nº, Comuna de Conc n. Que en dicho documento aparece laé ó deuda completa actualizada por estos derechos de aseo, constando que se encuentran pagadas solo 4 cuotas
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C-6236-2019 Foja: 1 FOJA: 43 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-6236-2019 CARATULADO : ARANCIBIA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCON Vi a del Marñ , veinticuatro de Septiembre de dos mil veintiuno Visto: Con fecha 18 de diciembre de 2019, comparece do a ñ Javiera Barr aí Larra ní , abogada de la Corporaci n de Asistencia Judicial de Conc n,
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