10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ EDUARDO ANDRÉS ALARCÓN ZAPATA

Rol

O-2829-2024

Fecha

12 de marzo de 2025

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 15, 49, 70, 288 bis del Código Penal, 47, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: l.- Que se condena a don EDUARDO ANDRÉS ALARCÓN ZAPATA, ya individualizado, como autor del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, por los hechos ocurridos en la comuna de Lo Espejo el día 13 de septiembre de 2024, a la pena de multa de dos tercios (2/3) de unidad tributaria mensual, pena de multa que se tendrá por cumplida por el tiempo que ha permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es, el día de control de detención de fecha 13 de septiembre del año 2024 y 11 de marzo del año 2025, sin costas. II.- Que se decreta el comiso de la especie incautada. Regístrese y archívese. En su oportunidad dese cumplimiento a lo establecido en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dirigió la audiencia y dictó sentencia MARIA CAROLINA SALINAS HERNANDEZ, Juez de Turno ACD.- /mmv Código: XUMWXTEXPVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XUMWXTEXPVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-13T16:46:51-0300

Fallo

se declara: l.- Que se condena a don EDUARDO ANDRÉS ALARCÓN ZAPATA, ya individualizado, como autor del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, por los hechos ocurridos en la comuna de Lo Espejo el día 13 de septiembre de 2024, a la pena de multa de dos tercios (2/3) de unidad tributaria mensual, pena de multa que se tendrá por cumplida por el tiempo que ha permanecido privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es, el día de control de detención de fecha 13 de septiembre del año 2024 y 11 de marzo del año 2025, sin costas. II.- Que se decreta el comiso de la especie incautada. Regístrese y archívese. En su oportunidad dese cumplimiento a lo establecido en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Dirigió la audiencia y dictó sentencia MARIA CAROLINA SALINAS HERNANDEZ, Juez de Turno ACD.- /mmv Código: XUMWXTEXPVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XUMWXTEXPVX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-13T16:46:51-0300

Texto Completo (Preview)

RUC : 2401101737-8 RIT : 2829 - 2024 MAGISTRADO : MARIA CAROLINA SALINAS HERNANDEZ NOMBRE IMPUTADO : EDUARDO ANDRÉS ALARCÓN ZAPATA CÉDULA DE IDENTIDAD : 0015387701-7 DOMICILIO : AVENIDA AMÉRICO VESPUCIO N° 03498, BLOCK N°48, DEPTO. Nº 108, LO ESPEJO. FISCAL : RENZO HUMBERTO RAZETO RIVERA DEFENSA PÚBLICA : VALERIA DENISSE VARGAS VERA TRIBUNAL : 10º JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO FECHA DE SENTENCI

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