C/ JUAN CARLOS ZÚÑIGA NAVARRETE
Rol
O-6792-2024
Fecha
12 de marzo de 2025
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos El día 26 de agosto de 2024, aproximadamente a las 18:00 horas., el imputado JUAN CARLOAS ZÚÑIGA NAVARRETE, conducía en estado de ebriedad, sin tener licencia de conducir, la motocicleta marca Wingle, modelo WY 150T 3, color rojo, patente VCY-087, por calle Del Rey, en dirección al norte y a la altura de la intersección con calle Las Tinajas, de la comuna de Maipú, comenzó a zigzaguear, para luego perder el control del móvil y caer al piso. La ebriedad del acusado constó en el examen de alcoholemia que arrojó un resultado de 2,71 g/l de sangre. Resolución: I. Se condena al imputado JUAN CARLOS ZÚÑIGA NAVARRETE, ya individualizado, como autor de un delito consumado de conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad, sin tener licencia de conducir, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley de Tránsito, N° 18.290, en relación con los artículos 110 y 209 de ese mismo cuerpo legal, cometido el día 26 de agosto de 2024, en la comuna de Maipú, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, accesorias legales de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, y accesoria especial de INHABILITACIÓN PARA OBTENER SU LICENCIA DE CONDUCIR POR DOS AÑOS. II. Que la pena de multa se le tiene por cumplida atendida la privación de libertad que ha sufrido por este proceso y que corresponde a la audiencia de control de detención de fecha 27 de agosto de 2024. III. Que, concurriendo en su respecto los requisitos establecidos en el artículo 4° y 5° de la ley 18.216, se impone al sentenciado la pena sustitutiva de Remisión Condicional Código: XBGJXTMFXSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Fax: (02) 29757778 Centro de Justicia de Santiago de la Pena por el término de 541 días, debiendo quedar suje
Fallo
fallo dictado en audiencia por el Juez, de conformidad al artículo 39, 41, 42 y demás pertinentes del mismo cuerpo legal. En consecuencia, toda incongruencia que se advierta entre el registro de la sentencia (audio) y la transcripción administrativa posterior generada de esta forma y/o los certificados de todo tipo, deberán ser refrendados y/o extendidos por el Ministro de Fe del tribunal, respectivamente, mediante cotejo con los registros de las actuaciones jurisdiccionales (audio), al tenor de lo dispuesto en los incisos cuarto y quinto del artículo 44° del Código Procesal Penal, labor que no puede ser suplida por vía jurisdiccional, siendo a este respecto esta transcripción referencial. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que corresponden al Sr(a) Administrador(a) del Juzgado.” Código: XBGJXTMFXSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-13T14:42:12-0300
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Noveno Juzgado de Garantía Santiago Av. Pedro Montt. 1606 9°Piso Edificio A Fono: (02) 29757700 Fax: (02) 29757778 Centro de Justicia de Santiago COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Doce de enero de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: 9º Juzgado de Garantía de Santiago JUEZ: JUAN CARLOS SILVA OPAZO RUC: 2401009663-0 RIT: 6792-2024 IMPUTADOS : JUAN CARLOS ZÚÑIGA NAVARRETE
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