Juzgado de Garantía de Coyhaique

CONSTANZA SALOME FUENTEALBA FERNADEZ C/ NICOLÁS EDUARDO VILLARROEL SANTANA

Rol

O-2636-2024

Fecha

12 de marzo de 2025

Materia

INGRESO DE CELULARES/TECNOLOGÍA A CÁRCELES ART 304 BIS

Resultado

No especificado

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Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena al imputado NICOLÁS EDUARDO VILLARROEL SANTANA, cédula de identidad n° 0018471178-8, domiciliado en Puerto Cisnes, calle Los Mallines Nº 408, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO y COMISO DE LA ESPECIE INCAUTADA, ya individualizada, por su participación en calidad de autor del delito de porte de elementos prohibidos en recintos penitenciarios, previsto y sancionado en el artículo 304 Ter del Código Penal, en grado de consumado y así mismo se le condena a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público, durante el tiempo de la condena. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4° de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la remisión condicional, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, correspondiente a su domicilio, por el término de un año y debiendo, además, cumplir durante en ese periodo con las condiciones legales del artículo 5° de la mencionada Ley. El sentenciado deberá presentarse ante el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, dentro de quinto día, contados desde que quede firme y ejecutoriada la presente sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta, fuese revocada o quebrantada, el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativ

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Se procede a dictar sentencia en procedimiento simplificado, la que se encuentra en forma íntegra en el registro de audio, transcribiéndose sólo la parte resolutiva. RESOLUCION: COYHAIQUE, doce de marzo de dos mil veinticinco. Y VISTOS, además, lo que disponen los artículos 1, 3, 11 n° 6, 14, 15, 30, 62 y siguientes, 304 Ter del Código Penal, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo

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