ANONIMIZADO
Rol
F-2301-2023
Fecha
7 de diciembre de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS
Fundamentos
Considerando que los hechos denunciados descritos en parte policial, no son constitutivos de violencia intrafamiliar física ni psicológica en los términos establecidos en el artículo 5° de la Ley 20.066 en contra de las hijas, y visto lo dispuesto en los artículos 81 y siguientes de la Ley 19.968,
Fallo
se resuelve: Que se rechaza la presente causa por violencia intrafamiliar. Sin perjuicio de lo anterior, se deriva a la denunciante doña Karen a Centro de Mediación Familiar Asesorías Integrales ubicado en Ramón Freire N°1233, Osorno, Fono de contacto 64-2201836/64-2202550 y/o a Corporación de Asistencia Judicial de Osorno ubicada en Avda. Mackenna 825, 5to...
Texto Completo (Preview)
Osorno, siete de diciembre de dos mil veintitrés. VISTOS Considerando que los hechos denunciados descritos en parte policial, no son constitutivos de violencia intrafamiliar física ni psicológica en los términos establecidos en el artículo 5° de la Ley 20.066 en contra de las hijas, y visto lo dispuesto en los artículos 81 y siguientes de la Ley 19.968, se resuelve: Que se rechaza la presente caus
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