MÁRQUEZ/SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓN METROPOLITANA
Rol
O-6524-2020
Fecha
30 de septiembre de 2022
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y
Fundamentos
Considerando que la sentencia ha sido incorporada a la causa en una fecha diversa a la indicada en audiencia de juicio, para efectos de dar certeza a las partes respecto de los plazos para la interposición de los recursos procesales que procedan, éstas se entenderán notificadas de la sentencia definitiva dictada igualmente con fecha 1° de octubre de 2022. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece NATALIA CAROLINA MÁRQUEZ MARAMBIO, chilena, soltera, Enfermera, C.I. 16.472.561-8, con domicilio en Moneda N° 1617, departamento 305, comuna Santiago, Región Metropolitana, deduce demanda en procedimiento de aplicación general laboral por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales adeudadas, en contra de SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD METROPOLITANO, Rut 61.601.000-K, representado legalmente por Paula Camila Labra Besserer, C.I. 16.286.272-3, ambos domiciliados para estos efectos en Padre Miguel de Olivares N° 1229, piso 2, de la comuna de Santiago, de conformidad a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que expone. Sostiene que comenzó a prestas servicios bajo subordinación y dependencia a partir del 01 de junio de 2020, a favor del SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO NORTE, mediante contratos de honorarios, para que posteriormente, a través de un nuevo contrato de trabajo, con fecha 01 de julio de 2020, se genera una transición de organismo para el cual prestaba sus servicios manteniéndose la continuidad laboral, hacia el Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana (En adelante SEREMI). Refiere que ambos entes de la administración del Estado, dígase el Servicio de Salud Metropolitano Norte y el SEREMI de Salud Metropolitano son dependientes de Ministerio de Salud, quien a su vez es representado legalmente por el Fisco de Chile. La totalidad de labores que desempeñó durante todo el periodo laboral, fueron con constantes aumentos en sus funciones y remuneraciones, hasta el momento del despido del que fue víctima el 30 de septiembre de 2020. Durante todo el tiempo en que desempeñó sus servicios a favor de la demandada, trabajó como “Enfermera Jefe”. En efecto, los contratos celebrados, primeramente con el Servicio de Salud Metropolitano Norte, y el contrato y anexo de contrato de trabajo celebrado posteriormente con la Secretaría Regional Ministerial de Salud Metropolitano, en la especie, corresponde imputarle bajo el principio de la supremacía de la realidad la calidad efectiva de una relación laboral sujeta al vínculo de subordinación y dependencia, entendiéndose que ambos empleadores siempre fueron uno, reflejándose directamente al Fisco de Chile como representante legal del Ministerio de Salud, todo esto según como se expondrá más adelante. En cuanto a los antecedentes del término de la relación laboral, afirma que el día 30 de septiembre de 2020, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, la despidió de manera irregular y, a su vez, faltando a todo requisit
Fallo
Por tanto, del mérito de lo expuesto, normas legales citadas y lo dispuesto en los artículos 162, 168, 446 y siguientes y demás pertinentes al Código del Trabajo, pide tener por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general laboral por nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales adeudadas, en contra del SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL METROPOLITANA representado por el FISCO DE CHILE, cuyo representante legal es doña PAULA CAMILA LABRA BESSERER, ambos ya individualizados, a efectos que se declare la relación laboral, la continuidad de ésta, la nulidad del despido, de la que fue víctima de despido injustificado, y que, por ende, se le adeudan las prestaciones indicadas precedentemente, condenando a la demandada a que pague las sumas señalas en el cuerpo de este escrito, todo lo anterior con los reajustes e intereses que por ley corresponda, con las costas de la causa. SEGUNDO: Que, comparece RUTH ISRAEL LOPEZ, RUT: 9.772.243-9, Abogada Procurador Fiscal de Santiago, del Consejo de Defensa del Estado, en representación del FISCO DE CHILE, ambos domiciliados para estos efectos en calle Agustinas N° 1687, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, contestar la demanda de autos, solicitando su total rechazo con expresa condenación en costas, conforme a los antecedentes de hecho y derecho que expone. Desde ya solicita el total y absoluto rechazo de la acción incoada, dado que carece de todo sustento fáctico y jurídico. En primer
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, treinta de septiembre de dos mil veintidós. Considerando que la sentencia ha sido incorporada a la causa en una fecha diversa a la indicada en audiencia de juicio, para efectos de dar certeza a las partes respecto de los plazos para la interposición de los recursos procesales que procedan, éstas se entenderán notificadas de la sentencia defin
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