Juzgado de Garantía de Valparaíso

MP C/ MARIANELA ARACELLY MOLINA CASAS-CORDERO

Rol

O-4247-2024

Fecha

7 de marzo de 2025

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: El 11 de junio de 2024, aproximadamente a las 16:00 horas, en circunstancias que la imputada MARIANELA ARACELLY MOLINA CASAS- CORDERO se encontraba ingresando como visita al Complejo Penitenciario de Valparaíso, ubicado en Camino La Pólvora N°665 de esta comuna, fue sorprendida por funcionarios de Gendarmería portando y manteniendo en su poder, en el interior de una bolsa de nylon, 02 envases de vidrio contenedores de un líquido de resina color amarillo, consistente en tetracannabinol, con un peso neto de 15,81 gramos. Todo lo anterior con el fin de suministrarlo a terceras personas, en especial al interior del recinto penitenciario y no para consumo personal y próximo en el tiempo. Valparaíso, siete de marzo del año dos mil veinticinco. Que la parte considerativa de la presente sentencia obra en el Registro Oficial de Audio; y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 11N° 9, 14 N°1, 15 N°1, 22, 24, 26, 30, 68, 69, 70, 76, todos del Código Penal, articulo 1, 4° y 19 letra h de la ley 20.000, artículo 259 y siguientes del Código Procesal Penal, articulo 15 de la ley 18,216, se declara 1.- Que SE CONDENA a la imputada MARIANELA ARACELLY MOLINA CASAS-CORDERO, cédula de identidad N° 8.690.015-7, ya individualizada, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE Código: NQCXXTMXQTH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, se le condena al pago de una multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, registro de su huella genética, en el registro Nacional de huella genética, comiso de los medios utilizados para cometer el delito, en su calidad de autora del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° y 1° de la ley N°20.000, cometido en calidad

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 11N° 9, 14 N°1, 15 N°1, 22, 24, 26, 30, 68, 69, 70, 76, todos del Código Penal, articulo 1, 4° y 19 letra h de la ley 20.000, artículo 259 y siguientes del Código Procesal Penal, articulo 15 de la ley 18,216, se declara 1.- Que SE CONDENA a la imputada MARIANELA ARACELLY MOLINA CASAS-CORDERO, cédula de identidad N° 8.690.015-7, ya individualizada, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE Código: NQCXXTMXQTH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, se le condena al pago de una multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, registro de su huella genética, en el registro Nacional de huella genética, comiso de los medios utilizados para cometer el delito, en su calidad de autora del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° y 1° de la ley N°20.000, cometido en calidad de autora y en grado de consumado por la imputada en esta ciudad de Valparaíso, al interior del Complejo Penitenciario de Valparaíso el día 11 de junio de 2024. 2.- Cumpliendo con los requisitos al efecto el tribunal aplica la pena de libertad vigilada simple por 541 días quedando sujeta a la vigilancia de un delegado de libertad vigilada y debiendo cumplir con el plan de intervención respec

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RUC 2400671427-3 RIT 4247-2024 C/ MARIANELA ARACELLY MOLINA CASAS-CORDERO, cédula de identidad N°8.690.015-7, nacida el 21 de abril del año 1973, domiciliado en Calle Fragata Covadonga con Crucero La Torre casa 1, Glorias Navales, Viña del Mar. Los hechos: El 11 de junio de 2024, aproximadamente a las 16:00 horas, en circunstancias que la imputada MARIANELA ARACELLY MOLINA CASAS- CORDERO se encon

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