Juzgado de Garantía de Loncoche

JOSE ANGEL LINCOL ULLOA C/ EVARISTO JESÚS URBINA CASTRO

Rol

O-546-2023

Fecha

5 de marzo de 2025

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos establecidos: Se tuvo por acreditado que, don Evaristo Jesús Urbina Castro, cédula nacional de identidad Nº 16.031.788-4, domiciliado en calle Lago Budi N° 866, de la comuna de Angol, 39 años, obrero de construcción, chileno, soltero, incurrió en el siguiente hecho: Con fecha 02 de noviembre del 2022, mediante la red social Facebook, la victima José Angel Lincol Ulloa, se interesó en una mesa mezcladora Behringer Xenyx en perfectas condiciones que se mantenía publicada, donde tras conversaciones a través del sistema de mensajería messenger con el requerido Evaristo Jesús Urbina Castro, acordaron la permuta del referido producto por una estampadora de su propiedad avaluada en la suma de $510.000 mil pesos. La victima creyendo en todo momento que se trataba de un negocio serio se trasladó hasta las oficinas de la empresa Staken el día 03 de Noviembre del 2022, donde efectuó el envió de su estampadora a nombre del requerido a la ciudad de Angol, bajo orden de flete N° 976945512 tras lo cual el requerido le informa que de la misma manera y bajo orden de flete recibió a su N° 977022125 recibiría la victima su mezcladora en la comuna de Loncoche, concurriendo con fecha 07 de noviembre a la referidas oficinas de la empresa Starken de ésta comuna de Loncoche, donde recibe una caja en cuyo interior se encontraba vacía. La víctima sufrió un perjuicio patrimonial por la suma de $510.000 pesos. Parte resolutiva: Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 3, 11 Nº 9, 15, 21, 30, 50, 59, 61, 62, 67, 69, 70 y 473 del código penal; artículos 36, 45, 297, 340, 342, 343, 348, 388 y siguientes del código procesal penal, se resuelve: I.- Que, se condena a don Evaristo Jesús Urbina Castro, cédula nacional de identidad Nº 16.031.788-4, ya individualizado, como autor, en grado de consumado, del delito de estafa, previsto y sancionado en el artículo 473 del código penal, hecho cometido el día 02 de noviembre de 2022, en la comuna de Loncoche, a la

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 3, 11 Nº 9, 15, 21, 30, 50, 59, 61, 62, 67, 69, 70 y 473 del código penal; artículos 36, 45, 297, 340, 342, 343, 348, 388 y siguientes del código procesal penal, se resuelve: I.- Que, se condena a don Evaristo Jesús Urbina Castro, cédula nacional de identidad Nº 16.031.788-4, ya individualizado, como autor, en grado de consumado, del delito de estafa, previsto y sancionado en el artículo 473 del código penal, hecho cometido el día 02 de noviembre de 2022, en la comuna de Loncoche, a la pena de sesenta y un días, de presidio menor en su grado mínimo, multa ascendente a un tercio de unidad tributaria mensual a beneficio fiscal y, la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. En cuanto al cumplimiento de la sanción pecuniaria, se concede al sentenciado plazo de treinta días para su pago, desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta, podrá convenirse con éste por vía de sustitución, la prestación de servicios en beneficio de la comunidad a razón de ocho horas por cada tercio de unidad tributaria mensual. Si no quisiere prestar servicios y no tuviere Código: NDRFXTWLUWH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl bienes para satisfacer la multa impuesta sufrirá, por vía de sustitución y apremio, la pena de reclusión, regulándose un día por c

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Loncoche, cinco de marzo de dos mil veinticinco. Conforme al artículo 62, inciso 3º, del Acta 71-2016, la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente. Los hechos establecidos: Se tuvo por acreditado que, don Evaristo Jesús Urbina Castro, cédula nacional de identidad Nº 16.031.788-4, domiciliado en calle Lago Budi N° 866, de la comuna de Angol,

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