25º Juzgado Civil de Santiago

DURÁN/

Rol

V-126-2021

Fecha

22 de septiembre de 2021

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en folio 1, compareció don EDUARDO DURÁN CASTRO, C.I. 4.332.073-4, representante legal de la PRIMERA IGLESIA METODISTA PENTECOSTAL, entidad de derecho público creada conforme a la Ley N°19.638, quien solicitó que se ordene la inscripción conservatoria que indica, conforme a los antecedentes que se reproducen a continuación: Señaló que la PRIMERA IGLESIA METODISTA PENTECOSTAL (en adelante PRIMP), es dueña, como se acredita en certificado de inscripción con vigencia que refiere acompañar, de la propiedad situada frente a Camino del Faldeo, sitio número 55 A, Rol de Avalúo Fiscal 3573-057 de la Comuna de Lo Barnechea; propiedad que está inscrita a fojas 4393 número 6417 del Registro de Propiedad del año 2019. Expuso que la propiedad se encuentra inscrita con fecha 17 de enero de 2019 en el Registro de Propiedades del CBRS, cuyo texto es el siguiente: “La PRIMERA IGLESIA METODISTA PENTECOSTAL, RUT 65.047.709-K, de este domicilio, es dueña de la propiedad ubicada frente a Camino del Faldeo, que corresponde al sitio número 55 A, del Loteo denominado “Parque del Sol”, del plano respectivo, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, que deslina: NORTE, en 29,25 metros con sitio 56 A; SUR, en 28 metros con sitio 54 A; Foja: 1 ORIENTE, en 30 metros con Camino del Faldeo; PONIENTE, en 29,76 metros con sitio 49 A.- La adquirió por compra a SEBASTIÁN CRUZ MORENO, a doña CATALINA CRUZ MORENO, a doña MAGDALENA CRUZ MORENO y a doña MARÍA DE LA LUZ MORENO SOLAR, todos de este domicilio, según escritora de fecha 03 de enero del año 2019, otorgada en la notaría de esta ciudad, de don René Benavente Cash, Repertorio número 191, por el precio de 15.900 Unidades de Fomento, que se paga en la forma y condiciones establecidas en la escritura.- El título anterior está a fojas 4393 número 6416 del año 2019.- Rol de Avalúo número 3573-57, comuna de Lo Barnechea.- Requirente: Primera Iglesia Metodista Pentecostal.- LUIS MALDONADO C.”, según citó. M

Fallo

se resuelve: Que se rechaza la solicitud de lo principal de folio 1, referida a la inscripción de la prohibición de enajenar y gravar que allí se indica, sin perjuicio del derecho del requirente a constituir el gravamen en conformidad con las normas jurídicas aplicables al mismo. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. ROL V-126-2021. PRONUNCIADA POR DOÑA SUSANA RODRÍGUEZ MUÑOZ, JUEZA. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintid s de Septiembre de dos mil veintiunoó Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-09-22T20:40:24-0300

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 25 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-126-2021 CARATULADO : DUR N/Á Santiago, veintid s de Septiembre de dos mil veintiunoó VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que en folio 1, compareció don EDUARDO DURÁN CASTRO, C.I. 4.332.073-4, representante legal de la PRIMERA IGLESIA METODISTA PENTECOSTAL, entidad de derecho público cread

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