Juzgado de Garantía de Villa Alemana

FISCALIA LOCAL VILLA ALEMANA C/ PATRICIO ALEJANDRO MONTECINOS OYARZÚN

Rol

O-1413-2021

Fecha

12 de marzo de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. ART. 195 BIS LEY DE TRANSITO

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de PATRICIO ALEJANDRO MONTECINOS OYARZUN, chileno, cédula de identidad N°12.935.893-9, quien comparece representado por la Defensoría Penal Pública, por los siguientes hechos: El 27 de mayo del 2021 alrededor de las 10:00 horas, el imputado Patricio Montecinos Oyarzún, conducía en estado de ebriedad el vehículo marca Susuki modelo Swif PPU JLSZ.92 por calle Progreso y al llegar a calle Buenos Aires donde existe un semáforo chocó en la parte trasera al vehículo PPU UH- 8087 que se encontraba detenido en la luz roja conducido por la víctima Gonzalo Carrizo Espinoza quien producto del impacto por proyección chocó al vehículo que lo antecedía PPU VR.4901 conducido por la víctima José Barrientos Aravena, luego del accidente el imputado trato de huir dándose a la fuga por calle Progreso y al llegar a la intersección de calle Santiago chocó al vehículo PPU JBLB.57 conducido por la víctima Karen Venegas Villavicenció, luego el imputado desciende de su auto dejándolo atravesado en la calzada para Código: KXYQXTKQSPH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl nuevamente intentar darse a la fuga siendo retenido por las víctimas. A raíz del accidente los vehículos de las víctimas resultaron con daños de diversa consideración. El Estado etílico del imputado constó al personal policial por su fuerte halito alcohólico rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, lo que fue confirmado con la prueba respiratoria la cual arrojó un resultado de 0.93 grados por mil de alcohol en la sangre, una vez en el hospital el imputado se negó a la realización del examen de alcoholemia. (La parte expositiva y considerativa de la sentencia, se encuentra íntegramente registrada en el audio de la audiencia) SEGUNDO: Atendido lo expuesto y desarrollado durante la audiencia de juicio oral simplificado, el Tribunal resuelve que en atención a la insuficiencia de la prueba rendida por el Ministerio Público, ya que no se presentó a declarar la víctima, encontrándose notificada, ocurre lo mismo con la prueba de cargo, lo que se encuentra registrado en el audio de la audiencia de juicio, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 340 y 297 del Código Procesal Penal. En definitiva, el Tribunal no cuenta con elementos de juicio necesarios para llegar a una convicción condenatoria, ya que nadie puede ser condenado sino cuando un Tribunal adquiera la convicción que ha cometido un hecho punible y le ha correspondido la participación culpable en los términos que establece el artículo 340 del Código Procesal Penal, es que

Fallo

por estas consideraciones y según lo dispuesto en el artículo 297, 340, 396 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara que: Código: KXYQXTKQSPH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se absuelve a PATRICIO ALEJANDRO MONTECINOS OYARZUN. II.- No se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar, especialmente por haber debido ejercer la acción penal en virtud de haber denunciado un presunto delito la víctima. III.- A partir de esta fecha quedan sin efecto todas las medidas cautelares si existieren. ARCHÍVESE POR AFINADA Resolvió don IGNACIO ANDRÉS ADANA JURI, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Villa Alemana. Código: KXYQXTKQSPH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: KXYQXTKQSPH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-12T11:46:16-0300

Texto Completo (Preview)

C/ PATRICIO ALEJANDRO MONTECINOS OYARZUN. DELITO: MANEJO ESTADO EBRIEDAD Y NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. RUC N°2100513531-9 RIT N°1413-2021 Villa Alemana, doce de marzo de dos mil veinticinco.- VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en esta causa, el Ministerio Público ha interpuesto requerimiento en procedimiento simplificado en contra de PATRICIO ALEJANDR

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