ROA/
Rol
V-52-2021
Fecha
22 de septiembre de 2021
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que por presentaci n efectuada con fecha 30 de mayo del a oó ñ 2021, comparece don SANTIAGO SEGUNDO ROA GUZM N, pensionado, c dulaÁ é de identidad N° 8.274.629-3, domiciliado en Pasaje Castro No. 1153, Tierras Blancas, Coquimbo, quien solicita que se declare la interdicci n definitiva poró discapacidad mental de su c nyuge, do a NORMA DORKA VALDIVIAó ñ VALDIVIA, c dula de identidad N° 5.510.450-6, casada, pensionada, de su mismoé domicilio, nombr ndosele curador definitivo, toda vez que esta ltima es suá ú c nyuge, padece una un grado de discapacidad global equivalente a un ó 100%, con movilidad reducida, declarada por resoluci n emitida por la Comisi n de Medicinaó ó Preventiva e Invalidez. Indica el solicitante que del matrimonio con do a Normañ Valdivia Valdivia no nacieron hijos, pero la solicitada tuvo seis hijos de un matrimonio previo, cinco de los cuales viven en el extranjero y no mantienen relaci n alguna con su madre, y una hija que vive en la ciudad, que si mantieneó relaci n con la solicitada y ayuda en su cuidado. ó SEGUNDO: Que el peticionario acompa entre otros documentos, unñó certificado de discapacidad que acredita el hecho de encontrarse do a NORMAñ DORKA VALDIVIA VALDIVIA, inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificaci n con una discapacidad deó car cter mental ps quica correspondiente a un 100%, y el certificado de matrimonioá í entre don Santiago Segundo Roa Guzm n y do a Norma Dorka Valdivia Valdivia,á ñ que acredita el v nculo que los liga.í TERCERO: Que el art culo 4° inciso segundo de la Ley N° 18.600,í dispone que “cuando la discapacidad mental de una persona se haya inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad, su padre o madre podr solicitar al juez que,á con el m rito de la certificaci n vigente de la discapacidad, otorgada deé ó conformidad al T tulo II de la ley Nº 19.284, y previa audiencia de la personaí con discapacidad, decrete la interdicci n definitiva p
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo adem s presente lo dispuesto en losá art culos, 4 de la Ley 18.600 y T tulo II de la Ley 19.284 del C digo Civil; 144,í í ó 160, y 170 del C digo de Procedimiento Civil, SE RESUELVE:ó I.- Que HA LUGAR a la solicitud materia de estos autos y en consecuencia se decreta la INTERDICCI N POR CAUSA DE DEMENCIA de Ó do a NORMAñ DORKA VALDIVIA VALDIVIA, c dula de identidad N° é 5.510.450-6, quien queda privada de la administraci n de sus bienes.ó II.- Que se nombra como curador general de do a NORMA DORKA VALDIVIAñ VALDIVIA, a su c nyuge, ó don SANTIAGO SEGUNDO ROA GUZM N, c dula deÁ é identidad N° 8.274.629-3, a quien se exime de la obligaci n de rendir fianza y deó la obligaci n de confeccionar inventario solemne.ó III.- Inscr base en Conservador de Bienes Ra ces de Coquimbo y publ quese ení í í extracto por medio de tres avisos en el diario La Regi n de Coquimbo.ó Reg strese y arch vese en su oportunidad.í í Dictado por don Ismael Fuentes Navarrete, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Coquimbo, treinta de octubre de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Coquimbo CAUSA ROL : V-52-2021 CARATULADO : ROA/ Coquimbo, treinta de octubre de dos mil veintiuno VISTOS: PRIMERO: Que por presentaci n efectuada con fecha 30 de mayo del a oó ñ 2021, comparece don SANTIAGO SEGUNDO ROA GUZM N, pensionado, c dulaÁ é de identidad N° 8.274.629-3, domiciliado en Pasaje Castro No. 1153, Tierras Blancas,
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