Juzgado de Garantía de Iquique

HECTOR PATRICIO BELLO MUÑOZ C/ ANDRÉS GUILLERMO CASTRO IBARRA

Rol

O-830-2025

Fecha

11 de marzo de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 21 de julio de 2024, a las 06:05 horas aproximadamente, el requerido ANDRES GUILLERMO CASTRO IBARRA, conducía el vehículo P.P.U RPLW-56, calle 12 de febrero a la altura del 1241, de la ciudad de Iquique, en dicho lugar fue sorprendido por transeúntes intentando maniobrar su vehículo de forma errática, por lo que se contactaron con funcionarios de Carabineros quienes al llegar al lugar procedieron su fiscalización, percatándose que este conducía su vehículo en manifiesto estado de ebriedad, debido a su fuerte halito alcohólico, siendo sometido a la alcoholemia de rigor, la que arrojo que el requerido conducía con 2.48 gramos por mil de alcohol en la sangre.” DELITO CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD previsto y sancionado en los artículos 110, 111 y 196 de la ley 18.290 PARTICIPACIÓN: Autor GRADO DE EJECUCIÓN: Consumado ADMISIÓN DE RESPÓNSABILIDAD SI CIRCUNSTANCIA MODIFICATORIAS No concurren SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Có digo Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado y resuelto en la audiencia.” SE DECLARA: Que se condena a ANDRÉS GUILLERMO CASTRO IBARRA, cédula de identidad N° 0009877902-7, ya individualizado, como autor del delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD previsto y sancionado en los artículos 110, 111 y 196 de la ley 18.290, ocurrido en Iquique, el día 21 de julio de 2024, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Código: JEYXXTNJJQH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado mínimo. En caso de revocación, no existen abonos que considerar. PENAS ACCESORIAS, I

Fallo

SE DECLARA: Que se condena a ANDRÉS GUILLERMO CASTRO IBARRA, cédula de identidad N° 0009877902-7, ya individualizado, como autor del delito consumado de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD previsto y sancionado en los artículos 110, 111 y 196 de la ley 18.290, ocurrido en Iquique, el día 21 de julio de 2024, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Código: JEYXXTNJJQH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado mínimo. En caso de revocación, no existen abonos que considerar. PENAS ACCESORIAS, INHABILIDADES Y OTRAS Suspensión de cargo u oficios públicos Durante el tiempo de la condena. PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer vencimiento 2 UTM Cuatro Al mes siguiente a aquel en que esta sentencia quede ejecutoriada, y así sucesivamente mes a mes, mediante formulario N° 10 de la Tesorería General de la República, en caso de no pago se sustituirá por reclusión o trabajos comunitarios a razón de un día de reclusión o de 8 horas de trabajo comunitario por cada 1/3 de UTM impaga. Debe acompañar los comprobantes de pago. SUSPENSIÓN LICENCIA DE CONDUCIR Se señala al imputado que debe hacer entrega de su licencia de conducir el día de hoy en atención de público. Se advierte las consecuencias se manejar con la licencia suspendida y de la no entrega de la misma. POR EL PERIODO DE 02 AÑOS Penas Sustitutivas Extensión Lugar de cumplimiento Remisión condicional d

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Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado. Fecha Iquique, once de marzo de dos mil veinticinco Magistrado FREDERICK ARTURO ROCO ALVARADO Fiscal FRANCISCO ALEJANDRO ALMAZÁN SEPÚLVEDA Defensor CONSTANZA PAZ GARCÍA-DUQUE MUÑOZ Hora inicio 09:27 AM Hora termino 09:41 AM Sala SALA A Tribunal Juzgado de Garantía de Iquique Acta nrr/E.M.A. RUC 2400840300-3 RIT 830 – 2025 Delito Condu

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