MP C/ ANÍBAL LEONARDO MELLADO PEREIRA
Rol
O-4269-2024
Fecha
7 de marzo de 2025
Materia
DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)., LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 16 de junio de 2024, en horas de la mañana, aproximadamente a las 09:00 horas, el acusado ANIBAL LEONARDO MELLADO PEREIRA concurrió hasta el domicilio de su ex conviviente, la víctima doña Scarlette Alejandra Ortiz Villarroel, con quien mantiene hijos en común, ubicado en el Sector Talquipen Norte s/n, Comuna de Coihueco, luego, en el mismo domicilio, aproximadamente a las 22:00 horas, el acusado, luego de una discusión con la víctima procedió a agredirla, tomándola desde su cabello fuertemente, y luego de sus brazos, ocasionándole lesiones de carácter clínicamente leves, consistentes en un “Eritema en cuello lado izquierdo”, según datos de atención de urgencia respectivo. Lo anterior no obstante que el Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes, en causa RUC 2400504292-1, Rit N° 792-2024, con fecha 22 de mayo de 2024, decretó en su contra la medida cautelar consistente en la Prohibición de acercarse a la víctima SCARLETTE ALEJANDRA ORTIZ VILLARROEL, la que se encontraba debidamente notificada, y vigente a la fecha de ocurrencia de estos hechos; como también en Sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Bulnes, en causa RUC 2210052071-4, Rit N° 1328-2024, de fecha 07 de diciembre de 2023, en la que dentro de las penas accesorias, fue condenado la establecida en el artículo 9 letra b de la ley 20.066, prohibiéndole acercarse a la víctima antes mencionada por el lapso de un año, encontrándose notificada, vigente a la fecha de estos hechos, y firme y ejecutoriada. PARTICIPACIÓN AutorDELITO Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar Desacato en contexto de violencia intrafamiliar GRADO EJECUCIÓN Consumados CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES NO AGRAVANTES 12 N° 16 CP 1.- S E N T E N C I A por el delito de LESIONES MENOS GRAVES EN VIF Sin Costas X Sin CostasCondenatoria X Con Costas Absolutoria Con Costas PENA PECUNIARIA IMPUESTA MULTA CUMPLIDA CUMPLIDAMULTA 0,66 UTM PLAZO PARA PAGAR 1e
Fallo
se DECLARA INCOMPETENTE para conocer la pena sustitutiva, debiendo remitir, una vez ejecutoriada la presente sentencia, al Juzgado de Garantía de BULNES. Para el caso que no se aceptara la competencia, téngase por trabada la contienda de la misma, debiendo remitir los antecedentes a la Iltrma. Corte de Apelaciones de esta ciudad. COPIA DE AUDIENCIA A: Fiscal: S.P.N. Defensa : A.G.S. Resolvió PAULINA RODRIGUEZ ZAPATA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Chillán. Código: FHPUXTCMLXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jgchillan@pjud.cl Código: FHPUXTCMLXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-13T09:17:15-0300
Texto Completo (Preview)
________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl AUDIENCIA DE PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL Fecha Chillán, siete de marzo de dos mil veinticinco Ruc N° 2400689825-0 Rit N° 4269 - 2024 Magistrado: PAULINA RODRIGUEZ ZAPATA Fiscal
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