Juzgado de Garantía de Temuco

M.P. C/ AILEEN KARIN ACUÑA CAYUHUAN

Rol

O-10914-2024

Fecha

11 de marzo de 2025

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos ocurridos en la ciudad de Temuco, el día 27 de diciembre del año 2024 y 18 de febrero del año 2025, a la pena única de SESENTA Y UN (61) días de presidio menor en su grado mínimo y multa de un tercio de unidad tributaria mensual. II.- Que, se le condena además a la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. III.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 11 de la Ley N°18.216 y, concurriendo la expresa voluntad de la sentenciada, se le sustituye el Código: DLDNXTXYFXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de 81 HORAS de PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN FAVOR DE LA COMUNIDAD, debiendo presentarse en el Centro de Reinserción Social de Temuco, ubicado en calle Bulnes N°751 de Temuco, el día 1 de abril de 2025, a las 09:00 horas de la mañana, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra. En caso de revocarse esta pena sustitutiva le servirá de abono 1 día que estuvo privada de libertad por esta causa. IV.- Que, la pena de multa impuesta se convierte por 1 día de reclusión y se le da por cumplida por el día de su control de detención de flagrancia por los hechos ocurridos el día 27 de diciembre del 2024. V.- Que, se le exime del pago de las costas por su actitud procesal en la causa. Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese esta sentencia y archívese en su oportunidad. RIT : 10914 - 2024 RUC : 2401606112-K PRONUNCIADA POR DOÑA LETICIA ANDREA RIVERA REYES, JUEZ DE GARANTIA DE TEMUCO. Código: DLDNXTXYFXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-13T09:08:11-0300

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 9, 12 N°16. 14, 15, 24, 25, 26, 30, 49, 51, 67, 69, 70, 446 N° 3 del Código Penal; lo dispuesto en los artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en especial artículo 395 y en la Ley 18.216; SE RESUELVE: I.- Que, se CONDENA a AILEEN KARIN ACUÑA CAYUHUAN, ya individualizada, como AUTORA de DOS delitos FRUSTRADOS de HURTO SIMPLE, del artículo 446 número 3 del Código Penal, por los hechos ocurridos en la ciudad de Temuco, el día 27 de diciembre del año 2024

Texto Completo (Preview)

RESUMEN RIT : 10914 - 2024 RUC : 2401606112-K MATERIA : Hurto simple IMPUTADO : AILEEN KARIN ACUÑA CAYUHUAN CÉDULA DE IDENTIDAD : 21.851.745-5 DOMICILIO : Calle Isabel La Católica Nº 01315, Temuco. ATENUANTES : Artículo 11 N°9 del Código Penal AGRAVANTES : Artículo 12 N°16 del Código Penal RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Temuco, once de marzo de dos mil veinticinco. Hecho 1: Q

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