CARLA BELEN PINTO RAMIREZ C/ CARLOS ALBERTO RIVAS RIQUELME
Rol
O-69-2025
Fecha
5 de marzo de 2025
Materia
CUASIDELITO DE LESIONES: ART 490, 491 INC 2° Y 492., MARCH SIT SUC SIN PREST AUX VÍCTIMA. ART 195 INC 2° Y 3°
Resultado
No especificado
Fallo
se declara: I.- Que se condena a CARLOS ALBERTO RIVAS RIQUELME, ya individualizado, como autor de los siguientes delitos: a. Cuasidelito de lesiones menos graves, previsto en el artículo 490 en relación al 492 del Código Penal, a la pena 61 de presidio menor en su grado mínimo, más la suspensión de cargo u oficio público y suspensión de licencia de conducir por 6 meses. b. Delito de huir del sitio del suceso, abandono de la víctima y no dar cuenta a la autoridad, se aplica la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor grado medio, más un tercio de unidad tributaria mensual, para la cual se le conceden 30 días para pagarla, desde que esta sentencia se encuentre firme y la inhabilidad absoluta y perpetua para obtener licencia para conducir. II.- Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la ley 18.126, se le concede el beneficio de la remisión condicional de la pena por el mismo lapso de la pena corporal, poniéndose a disposición del Centro de Reinserción Social de Villarrica, dentro de quinto día de ejecutoriada esta sentencia. Código: XEYEXTXQVEH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que, no se le condena en costas al denunciado. IV. - Se dejan sin efecto las medidas cautelares decretadas en esta causa. V.- Se omite la anotación de esta sentencia en el certificado de antecedentes del condenado, en aplicación del artículo 38 de la ley 18.216. VI.- Las partes renuncian expresamente a
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Fecha Pucón, cinco de marzo de dos mil veinticinco RESOLUCION SENTENCIA DEFINITIVA ATENUANTES 11 N° 9 PROCEDIMIENTO ABREVIADO RUC 2300256459-9 RIT 69 - 2025 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA CARLOS ALBERTO RIVAS RIQUELME 0015168864- 0 Calle PALGUIN Nº 455 Pucón. En cumplimiento a lo resuelto por la Excma. Corte Suprema en el artículo 62 del acta N° 71-2016 de fecha 16 de Junio del 2016, se tra
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