Juzgado de Garantía de Villarrica

MP FISCALIA LOCAL C/ MARCOS EMILIO BENAVIDES BREVIS

Rol

O-2029-2024

Fecha

5 de marzo de 2025

Materia

CONDUC.EBRIEDAD SUSP.LIC. ART.196Y209 INC.2 LEY.TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Villarrica la Fiscal CARLOS CONTRERAS GAMONAL, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don MARCOS EMILIO BENAVIDES BREVIS, cedula nacional de identidad N° 11.323.207-2 representado por el defensor penal público RIGOBERTO JOSÉ ORTIZ PELIZARI. La acusación fue presentada por la participación que estima el Ministerio Público le corresponde en calidad de autor del delito de CONDUCIR VEHICULO CON SANCIÓN VIGENTE, prescrito y sancionado en el artículo 209 de la Ley 18.290, ejecutado a título de AUTOR y en grado de CONSUMADO. El Ministerio Público fundó su imputación en los siguientes hechos: “el día 30 de octubre de 2024, alrededor de las 12,15 horas, cuando el requerido este se desplazaba como conductor del vehículo Hyundai Accent, color blanco, placa patente RB 3787, y cometió una infracción de tránsito percatándose personal de Carabineros, al no detenerse ante una señal de Disco Pare, esto es, en la intersección de Manuel Antonio Mata con Pedro León Gallo de la comuna de Villarrica, ante esa situación personal de Carabineros procediendo a fiscalizarlo, solicitándole su documentación tanto del móvil, como también de su licencia de conducir indicándosele por parte del requerido que este carecía de dicha documentación, toda vez que este carecía de dicha documentación, toda vez que la mantenía suspendida. Razón por la que personal de Carabineros, verifica en su sistema existiendo efectivamente una sentencia dictada en causa Rit 86-2022, de fecha Código: VDZQXTXPEDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía Villarrica 12 de mayo de 2022 del Juzgado de Garantía de Villarrica, que por el delito de Conducción en estado de ebriedad, le impone la pena de sesenta y un días y además la suspensión de su licencia de conducir por el plazo de 5 años, manteniéndose está vigente”. El Ministerio Público pidió se condene al ac

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 297 en relación con los artículos 340, 399 del Código Procesal Penal, artículos 1º,11 N° 9, 15 Nº 1, 30, 49, 67, 69 y 70 del Código Penal, articulo 195 en relación con el artículo 110 de la Ley 18.290 y de la Ley 18.216, SE RESUELVE; I.- Que se condena a MARCOS EMILIO BENAVIDES BREVIS, cedula nacional de identidad N° 11.323.207-2, como autor de un delito de CONDUCIR VEHICULO CON SANCIÓN VIGENTE, prescrito y sancionado en el artículo 209 de la Ley 18.290 a la pena de SESENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO y multa de UN TERCIO DE UNIDAD Código: VDZQXTXPEDK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Juzgado de Garantía Villarrica TRIBUTARIA MENSUAL y la suspensión de cargo y oficio públicos durante el tiempo de la condena. Que atendido el día que permaneció privado de liberta la pena de multa se dará por cumplida. II.- Que la pena privativa de libertad se le sustituye por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, contemplada en los artículos 7º y 8º de la Ley 18.216, consistente en el encierro en su domicilio ubicado en Sector Rinconada de Llau Llau kilómetro 3 comuna de Villarrica, según informe de factibilidad técnica N° 251140, desde las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente, por el tiempo de duración de la condena, debiendo computársele una noche por cada día de privación de libertad, no e

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Juzgado de Garantía Villarrica C/ MARCOS EMILIO BENAVIDES BREVIS Conduccion con licencia suspendida R.U.C. 2410053109-3 R.I.T. 2029-2024/ Villarrica, cinco de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de Villarrica la Fiscal CARLOS CONTRERAS GAMONAL, presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra de don MARCOS EMILIO BENAVIDES BREVIS, cedula

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