FLAH C/ FRANCISCO ALEJANDRO MIRANDA MAMANI
Rol
O-106-2024
Fecha
19 de febrero de 2025
Materia
DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO SE DECLARA: Que, se condena a: 1.- Que, SE CONDENA a FRANCISCO ALEJANDRO MIRANDA MAMANI cédula de identidad N° 0015947306-6, ya individualizado, como autor del delito consumado de Daños simples. , previsto y sancionado en el Artículo 487 del Código Penal ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 12 de enero del año 2024, a sufrir la pena de: Código: YYMXXTGEJCH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jl_altohospicio@pjud.cl Juzgado de Letras de Familia, Garantía y del Trabajo de Alto Hospicio, Salitrera Iris N° 1045, Alto Hospicio, teléfono (57) 2587400, correo electrónico jl_altohospicio@pjud.cl PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer vencimiento 01 Unidad Tributaria Mensual 03 cuotas Observación: 1/3 de la multa se tiene por cumplida, atendido el tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad en la presente causa con ocasión del control de la detención del día 12 de enero de 2024.- Respecto de los 2/3 restantes, se le conceden al sentenciado 02 cuotas, iguales, mensuales y sucesivas de 1/3 de UTM cada una de ellas, pagadera la primera, a más tardar el día 15 de marzo de 20235, y la segunda cuta a más tardar el día 15 de abril de 2025, debiendo dar cuenta de dicho pago a este Tribunal, mediante el comprobante de depósito respectivo. En el evento que no tenga recursos para pagar estas penas de multa, serán sustituidas por días de privación de libertad. COSTAS NO CONDENA EN COSTAS CON RENUNCIA DE PLAZOS Cúmplase con el artículo 468 del Código Procesal Penal y, en su caso, con lo previsto en el artículo 17 de la ley 19.970. Procédase, en su caso, a la filiación penal del sentenciado. DEJA SIN EFECTO MEDIDAS CAUTELARES RUC N° 2400050237-1 RIT N° 106 - 2024 “La resolución se encuentra íntegra en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del
Fallo
SE DECLARA: Que, se condena a: 1.- Que, SE CONDENA a FRANCISCO ALEJANDRO MIRANDA MAMANI cédula de identidad N° 0015947306-6, ya individualizado, como autor del delito consumado de Daños simples. , previsto y sancionado en el Artículo 487 del Código Penal ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 12 de enero del año 2024, a sufrir la pena de: Código: YYMXXTGEJCH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:jl_altohospicio@pjud.cl Juzgado de Letras de Familia, Garantía y del Trabajo de Alto Hospicio, Salitrera Iris N° 1045, Alto Hospicio, teléfono (57) 2587400, correo electrónico jl_altohospicio@pjud.cl PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer vencimiento 01 Unidad Tributaria Mensual 03 cuotas Observación: 1/3 de la multa se tiene por cumplida, atendido el tiempo que el sentenciado permaneció privado de libertad en la presente causa con ocasión del control de la detención del día 12 de enero de 2024.- Respecto de los 2/3 restantes, se le conceden al sentenciado 02 cuotas, iguales, mensuales y sucesivas de 1/3 de UTM cada una de ellas, pagadera la primera, a más tardar el día 15 de marzo de 20235, y la segunda cuta a más tardar el día 15 de abril de 2025, debiendo dar cuenta de dicho pago a este Tribunal, mediante el comprobante de depósito respectivo. En el evento que no tenga recursos para pagar estas penas de multa, serán sustituidas por días de privación de libertad. COSTAS NO CONDENA EN COSTAS
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Letras de Familia, Garantía y del Trabajo de Alto Hospicio, Salitrera Iris N° 1045, Alto Hospicio, teléfono (57) 2587400, correo electrónico jl_altohospicio@pjud.cl ACTA RESUMEN DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Fecha Alto Hospicio, diecinueve de febrero de dos mil veinticinco Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Alto Hospicio. Magistrado CAMILA FERNANDA SUAZO COBOS Fiscal CR
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