Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta

MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ VÍCTOR DANIEL ASTUDILLO GARAY

Rol

O-762-2024

Fecha

10 de marzo de 2025

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Antecedentes. El veintiocho de febrero del presente año, se realizó el juicio oral en la causa RIT 762-2024 RUC 2301190942-6, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, integrada por los magistrados Marcelo Echeverría Muñoz, como juez presidente, Claudia Lewin Arroyo y María Isabel Rojas Medar, asistieron el Fiscal David Cortés Alfaro, el imputado Víctor Daniel Astudillo Garay, chileno, cédula nacional de identidad 16.703.263-K, nacido en Antofagasta el 29 de abril de 1987, 38 años, mecánico, soltero, domiciliado en el Pueblo Tunga, Rincón Tunga Sur, casa sin número, al interior de Illapel, IV Región, quien para los efectos de lo dispuesto en el artículo 26 del Código Procesal Penal fija como domicilio el de su abogada de calle Baquedano 50 oficina 814, Edificio Singapur, asesorado por la profesional Johana Godoy Escobar, cédula nacional de identidad 12.441.869-0. SEGUNDO: Acusación. Los hechos contenidos en la acusación, según se indica en el auto de apertura dictado por el Juzgado de Antofagasta, son los siguientes: Código: YNQVXTLYZYG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 “En virtud de información obtenida por personal de la sección OS7 de esta ciudad, se tomó conocimiento de una persona identificada como Víctor Astudillo quien, en el inmueble ubicado en calle Zenteno sin número visible de esta ciudad, inmueble de un piso, de material sólido, de color blanco y rojo, ubicado entre los números 719 y 739, se dedicaba a la venta de drogas. En ese contexto, mientras personal de OS7 realizaba vigilancias al sector con el objeto de, autorizados judicialmente, ingresar a ese domicilio, se pudieron percatar de la presencia de un tercero que llegó hasta el frontis del inmueble y tomó contacto con un sujeto con quien realizaban movimientos atribuibles a la venta de drogas, luego de lo cual, este sujeto que resultó ser el imputado Víctor Astudillo Garay, abordó un v

Fundamentos

fundamentos que no se reproducirán en detalle dado que el tribunal las compartió y se reflejarán en los considerandos octavo, noveno, décimo y undécimo. Por su parte, en su apertura, la Defensora adelantó que se sostendría como petición principal la recalificación del tipo penal al del artículo 4º de la Ley 20.000, en atención a la versión alternativa proporcionada por su representado en sede fiscal, admitiendo que parte de la droga era su propiedad, que estaba temporalmente en dicho domicilio, por residir en el interior de Illapel. Como petición subsidiaria se considere que le beneficia la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, la colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos. En la clausura la profesional insistió en dichos planteamientos. Mencionó que el acusado relató estar vinculado a dos personas, Johan y Thiare, a quienes les compró la droga. Admite que fue detenido en el centro de la ciudad, en la Avenida Argentina con calle Serrano, portando 11 gramos de marihuana y dinero, pequeña cantidad que mantendría para su consumo personal y próximo en el tiempo. Ese día se realizó la fiscalización por parte de personal de OS7 a este domicilio, de acuerdo con una información que ellos mantenían, y que lo más probable sería que se haya proporcionado

Fallo

por estas dos personas, relatando que observaron a dos sujetos acercarse a la casa, mostrándose sólo una Código: YNQVXTLYZYG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5 fotografía de ello, la otra se desconocía, además de mencionar a una mujer en calle Ossa, en el centro de esta ciudad, todos supuestamente compradores, sin determinarse la efectividad de alguna transacción, por lo que ese punto no se pudo acreditar. Agregó que el acusado manifestó que estaba transitoriamente en Antofagasta cuidando a su madre enferma, que después falleció, explicando que se turnaban los cuatro hermanos un mes cada uno para hacerlo. También dijo que compró a estas personas que estaban vinculadas con él, el día anterior salieron a carretear, ellos tenían que retirar parte de su sustancia, en la mochila hallaron los 300 gramos de marihuana y la cocaína que era para su consumo personal, el resto era de esas personas. Indicó que su representado, en honor a la verdad, optó por decir su versión y no por una tesis más fácil, como el negar la propiedad de dicha mochila y de lo que se encontró, porque trató de alguna forma de esclarecer los hechos y de optar a una recalificación y además cooperar con la investigación toda vez que ninguno de los funcionarios pudo determinar que en esa mochila existía algún documento de identidad de éste y sólo él lo manifestó, señalando que en la habitación había unos documentos del agua y del Juzgado de Garan

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1 RIT N°: 762-2024 RUC N°: 2301190942-6 DELITO: TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS IMPUTADO: VÍCTOR DANIEL ASTUDILLO GARAY DEFENSORA: JOHANA GODOY ESCOBAR FISCAL: DAVID CORTÉS ALFARO Antofagasta, diez de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: PRIMERO: Antecedentes. El veintiocho de febrero del presente año, se realizó el juicio oral en la causa RIT 762-2024 RUC 2301190942-6, ante la sala del Tribunal de Ju

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