Juzgado de Garantía de Coquimbo

MP COQUIMBO C/ MARCELO ANTONIO RODRÍGUEZ SOTO

Rol

O-6633-2024

Fecha

10 de marzo de 2025

Materia

AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR).

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: “Que el día 10 de noviembre de 2024, a las 11:40 horas aproximadamente, en la intersección de Calle Baquedano con Calle Sola el imputado Marcelo Antonio Rodriguez Soto se encontraba causando desórdenes públicos , por lo cual, se le realizo un control de identidad preventivo por el carabinero Cristofer Alegría Garay, producto del control el imputado comenzó a amenazar de muerte al funcionario señalándole textualmente "ojala te pille en la calle pa matarte y hacerte cagar” amenazas serias y verosímiles, atendido el actuar violento y agresivo que presentaba el imputado”. B.- SENTENCIA: Se deja constancia expresa que los

Fundamentos

fundamentos íntegros de la sentencia constan en el registro del audio, dándose a conocer por escrito únicamente lo resolutivo del fallo. COQUIMBO, a diez de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 495 N°4 del Código Penal; artículos 30, 36, 45, 348, 388, y siguientes del Código Procesal Penal; SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA, a MARCELO ANTONIO RODRÍGUEZ SOTO, cédula de identidad N°0013942312-7, a las penas de: AL PAGO DE UNA MULTA A BENEFICIO FISCAL EQUIVALENTE A UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autor de la falta de respeto a la autoridad, previsto y sancionado en el artículo 495 N° 4 del Código Penal, en grado de consumado, perpetrado el día 10 de noviembre de 2024 en la comuna de Coquimbo. II.- Que, la multa impuesta se da por cumplida con el día que permaneció privado de libertad en esta causa con motivo de su detención. III.- Que no se condena en costas al sentenciado. Que los intervinientes renuncian a plazos y recurso legales. Sentencia ejecutoriada con esta fecha. CÚMPLASE OPORTUNAMENTE CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 468 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL. ANÓTESE, REGÍSTRESE, CUMPLASE Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. RUC 2401367851-7 RIT 6633 – 2024 DICTADA POR DON GIANNI POZZI ANILIO, JUEZ DE GARANTÍA. Código: SYSPXTZWXQG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-11T08:34:09-0300

Texto Completo (Preview)

A.- HECHOS: “Que el día 10 de noviembre de 2024, a las 11:40 horas aproximadamente, en la intersección de Calle Baquedano con Calle Sola el imputado Marcelo Antonio Rodriguez Soto se encontraba causando desórdenes públicos , por lo cual, se le realizo un control de identidad preventivo por el carabinero Cristofer Alegría Garay, producto del control el imputado comenzó a amenazar de muerte al funci

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