MP C/ JESSICA SOLANGE VALENCIA LARA
Rol
O-7188-2024
Fecha
10 de marzo de 2025
Materia
MALTRATO OBRA A CARABINEROS ART. 416 BIS CODIGO JUST.MILITAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS LOS ANTECEDENTES Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público, representado por un fiscal adjunto de la Fiscalía Local de La Serena, domiciliado en calle Eduardo de La Barra N° 315, de esta ciudad, interpuso requerimiento verbal en procedimiento simplificado, atento lo preceptuado en el artículo 393 bis del Código Procesal Penal, en contra de JESSICA SOLANGE VALENCIA LARA, cédula nacional de identidad N° 9.987.853-3, chilena, ignora profesión u oficio, domiciliada en calle Quitratue N° 960, sector Santa Rosa, comuna de Temuco, representado en audiencia por un abogado defensor penal público de esta ciudad, y solicitó se le sancionara por su responsabilidad como autor de un delito de maltrato de obra a un Carabinero en el ejercicio de sus funciones, causando lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 416 bis N° 4 del Código de Justicia Militar, en relación con el artículo 494 N° 5 del Código Penal; señalando que en la especie no concurrían circunstancias modificatorias de responsabilidad criminal, solicitando por ello la imposición de una pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo, la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y las costas de la causa. SEGUNDO: Que, los hechos en virtud de los cuales el Ministerio Público dedujo requerimiento, son los siguientes, que se reproducen literalmente de su presentación: “El día 04 de septiembre de 2024 a las 00:50 horas aproximadamente al interior de los calabozos de la Primera Comisaría de La Serena, ubicada en calle Colon número 720, comuna de La Serena, la imputada Jessica Solange Valencia Lara, al intentar ser esposada por el funcionario policial Cabo Primero José Pastenes Jaque, quien se encontraba en ejercicio de sus funciones, la imputada lo agredió con golpes de pie en las manos, causándole con esta acción lesiones consistentes en contusión en muñeca y mano, clínicamente de carácter leve.” TERCERO: Que, informada de sus derechos y advertida de las consecuencias legales de su decisión, según consta en la audiencia respectiva, la acusada no admitió responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, por lo que el Tribunal, realizó la preparación del juicio oral simplificado y citó a los Código: XMXBXTHXWJG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO RUC Nº: 2401.050.056-3. RIT Nº: 7.188-2024. DELITO: Maltrato de obra a Carabinero. SENTENCIADO: Jessica Solange Valencia Lara. 2 intervinientes a la audiencia de juicio oral, como lo prescribe para estos casos la ley procesal penal. CUARTO: Que, en la audiencia de juicio oral simplificado y con el objeto de dar por acreditado los hechos materia de su requerimiento, el Ministerio Público presentó las siguientes pruebas: 1.- Declaración de José Manuel Pastenes Jaque, quién sobre los hechos refirió que es
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 24, 30, 49, 50, 67, 69, 70, 399 y 494 N° 5 del Código Penal; artículos 1, 416 y 417 del Código de Justicia Militar; y artículos 1, 4, 8, 11, 15, 15 bis y 37 de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, SE CONDENA a JESSICA SOLANGE VALENCIA LARA, cédula nacional de identidad N° 9.987.853-3, ya individualizada, a sufrir una pena de CIEN DIAS de presidio menor en su grado mínimo y la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autora de un delito de maltrato de obra a un Carabinero en el ejercicio de sus funciones, causando lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 416 bis N° 4 del Código de Justicia Militar, en grado consumado, perpetrado en esta ciudad, el día cuatro de septiembre del año dos mil veinticuatro en perjuicio de don José Manuel Pastenes Jaque, Cabo Primero de Carabineros de Chile. II.- Que, conforme lo razonado en el motivo duodécimo precedente, no se concederá a la sentenciada pena sustitutiva alguna de cumplimiento alternativo de las penas privativas de libertad, de las establecidas en la Ley 18.216, por lo que deberá cumplir la pena íntegra en forma efectiva, la que se le contará desde que se presente o sea habida, sirviéndole de abono los 2 días que permaneció privada de libertad con ocasión de esta causa, el día 4 de septiembre y entre los días 19 y 20 de noviembre, todos de 20
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Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO RUC Nº: 2401.050.056-3. RIT Nº: 7.188-2024. DELITO: Maltrato de obra a Carabinero. SENTENCIADO: Jessica Solange Valencia Lara. 1 La Serena, a diez de marzo del año dos mil veinticuatro. OIDOS LOS INTERVINIENTES, VISTOS LOS ANTECEDENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Ser
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