C/ JEREMÍAS ISRAEL ADRIAN NÚÑEZ
Rol
O-6849-2024
Fecha
10 de marzo de 2025
Materia
ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos acreditados: “Hechos: El 30 de septiembre del año 2024, siendo aproximadamente las 17.50 horas, en el interior de un bus de transporte público del recorrido 118 que circulaba por la intersección de Avenida Américo Vespucio con 1 Oriente, de la comuna de La Cisterna, el acusado ADRIAN NÚÑEZ sustrajo sorpresivamente, con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño, desde las propias manos de la victima de iniciales J.S.A.P. de sexo femenino, su teléfono celular marca Redmi modelo 12, color gris, avaluado por la víctima en 300.000 pesos, apropiándose de éste y huyendo del bus hacía la vía pública con la especie en su poder”.- Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Atenuantes acogida: Articulo 11 N° 9 del Código Penal. Agravantes acogidas: : Articulo 12 N° 16 del Código Penal. Santiago, diez de marzo de dos mil veinticinco SE DECLARA: I.- Que se condena a don JEREMÍAS ISRAEL ADRIAN NÚÑEZ, cédula nacional de identidad n° 0021119291-7, domiciliado en Calle Los Refugios Nº 5149, Comuna Peñalolén, a sufrir una pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello por su participación y responsabilidad que en calidad de autor le correspondiendo en delito de robo por sorpresa, en grado de consumado, hecho cometido en la Código: GQHRXTMHRMG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ciudad de Santiago el día 30 de septiembre de 2024, en perjuicio de la victima de iniciales J.S.A.P.- II.- Que respecto de la pena privativa de libertad que se ha impuesto al sentenciado no teniendo derecho a pena sustitutiva, la pena deberá SER CUMPLIDA EN FORMA EFECTIVA, pena que se contabilizará desde el dia 01 de octubre de 2024, fecha desde la cual el sentenciado se encuentra ininterrumpidamente privado de libertad por esta causa. - III.- Que, se exime al sentenciado del pago de la
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a don JEREMÍAS ISRAEL ADRIAN NÚÑEZ, cédula nacional de identidad n° 0021119291-7, domiciliado en Calle Los Refugios Nº 5149, Comuna Peñalolén, a sufrir una pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, más accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, todo ello por su participación y responsabilidad que en calidad de autor le correspondiendo en delito de robo por sorpresa, en grado de consumado, hecho cometido en la Código: GQHRXTMHRMG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ciudad de Santiago el día 30 de septiembre de 2024, en perjuicio de la victima de iniciales J.S.A.P.- II.- Que respecto de la pena privativa de libertad que se ha impuesto al sentenciado no teniendo derecho a pena sustitutiva, la pena deberá SER CUMPLIDA EN FORMA EFECTIVA, pena que se contabilizará desde el dia 01 de octubre de 2024, fecha desde la cual el sentenciado se encuentra ininterrumpidamente privado de libertad por esta causa. - III.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas del procedimiento, toda vez que, al haber aceptado este procedimiento abreviado, renunciando a su derecho a juicio oral, ha ahorrado recursos al Estado. Una vez ejecutoriado el fallo, cúmplase oportunamente con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese, y archívese en su oportunidad. Dictada por doña MARIA
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RESUMEN: R.U.C. : 2401167402-6 R.I.T. : 6849 - 2024 DELITO : ROBO POR SORPRESA. NOMBRE IMPUTADO : JEREMÍAS ISRAEL ADRIAN NÚÑEZ CÉDULA DE IDENTIDAD : 0021119291-7 DOMICILIO : CALLE LOS REFUGIOS Nº 5149, PEÑALOLEN FISCAL : ORIETTA GALDAMES ARANCIBIA DEFENSOR PÚBLICO : SILVIA CLAVERO URBINA TRIBUNAL : 11° JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO TIPO DE RESOLUCIÓN : Transcripción de parte resolutiva de sentenci
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