MP C/ VÍCTOR MANUEL HERNÁNDEZ FICA
Rol
O-461-2025
Fecha
8 de marzo de 2025
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia del requerimiento verbal de la Fiscalía de Coyhaique. En su oportunidad dese cumplimiento a lo que dispone el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese, infórmese en el Estado Mensual, dese cuenta en el Estado Bimestral, y ARCHÍVESE en su oportunidad. - RIT - RUC - DEL PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE ( 88 bis) Dictada por don MARIO ENRIQUE DEVAUD OJEDA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Coyhaique. - Código: EXCDXTTMCSF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: EXCDXTTMCSF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-08T13:52:56-0300
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena al requerido VICTOR MANUEL HERNANDEZ FICA, cédula de identidad n°10779845-5, domiciliado en Coyhaique, Monreal N°466, a la pena de multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor de hurto falta de porte de arma cortante o punzante, perpetrado el día 07 de marzo de 2025, en la comuna de Coyhaique. II.- No se imponen accesorias de carácter general atendido la naturaleza de la pena principal impuesta. III.- Se decreta el comiso del cuchillo incautado, y se dispone su destrucción por la Administración de la Fiscalía local de Coyhaique, conforme lo dispone el artículo 469 inciso 2° del Código Procesal Penal. VI. Respecto del cumplimiento de la pena, se la da por cumplida con el tiempo que ha estado privado de libertad en esta causa en tiempo computable, que son más de 12 horas desde la detención y realización de la audiencia IV.- Se le exime del pago de las costas del procedimiento, por haber reconocido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento verbal de la Fiscalía de Coyhaique. En su oportunidad dese cumplimiento a lo que dispone el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese, infórmese en el Estado Mensual, dese cuenta en el Estado Bimestral, y ARCHÍVESE en su oportunidad. - RIT - RUC - DEL PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE ( 88 bis) Dictada por don MARIO ENRIQUE DEVAUD OJEDA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Coyhaique. - Código: EXCDXTTMCSF Este documento tiene firma electrónica y su original
Texto Completo (Preview)
Se procede a dictar sentencia en procedimiento simplificado por parte del Tribunal, la que se encuentra en forma íntegra en el registro de audio, transcribiéndose sólo la parte resolutiva. RESOLUCION. - Coyhaique., ocho de marzo de dos mil veinticinco Y VISTO, además, lo que disponen los artículos 1, 14 n°1, 25,31 49, 50, 67, 288 bis del Código Penal, artículos 388 y siguientes del Código Procesa
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