Juzgado de Letras de Limache

GUERRERO/

Rol

V-107-2021

Fecha

21 de septiembre de 2021

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: De la solicitud de interdicci n: ó Que, comparece do añ LORENA DEL CARMEN GUERRERO ZAMORA, labores de casa, domiciliada en departamento N 7 del Block N 43, Villa Queronque,° ° Avenida Padre Hurtado, Limache, quien dedujo solicitud de interdicci nó definitiva por demencia respecto de su hija do a ñ ALEJANDRA IGNACIA ZAMORA GUERRERO, quien vive en su mismo domicilio, pidiendo, adem s, que se le nombre curadora general leg tima y definitiva, en virtudá í de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que a continuaci nó se exponen: Funda la solicitud se alando que es madre de do a Alejandra Ignaciañ ñ Zamora Guerrero, por lo que se encuentra habilitada para solicitarlo conforme a lo establecido en el art culo 4 de la Ley 18.600. Se ala que aí ° ñ su hija se le diagnostic una discapacidad ps quica o mental del 77,5%,ó í siendo inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad. Finalmente, previa citas de las normas legales aplicables, pide decretar la interdicci n definitiva por demencia de su hija do a ó ñ ALEJANDRA IGNACIA ZAMORA GUERRERO, a la vez, con el mismo fundamento legal solicita se le designe curadora general leg tima y definitiva respecto deí do a Alejandra Ignacia Zamora Guerrero, previo cumplimiento de losñ tr mites exigidos por ley.á SEGUNDO: Documentos fundantes. Que, la solicitante de autos acompa los siguientes documentos:ñó 1. Certificado de discapacidad de Alejandra Ignacia Zamora Guerrero, emitido el 13 de julio de 2021 por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó 2. Certificado de nacimiento de Alejandra Ignacia Zamora Guerrero, emitido el 13 de julio de 2021 por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó Documentos todos los cuales se encuentran incorporados digitalmente al proceso, conforme se lee en la carpeta adjunta de folio 1. TERCERO: Audiencia de interdicci n. ó Que, a folio 7, el 19 de agosto de 2021, en cumplimiento de lo prevenido en el art culo 4 de la Leyí 18.600 y en consideraci n a las instrucciones impartidas por laó Excelent sima Corte Suprema de Justicia a trav s del acta N 53-2020, deí é ° acuerdo a lo establecido en la Ley N 21.226 de 2 de abril de 2020, se° realiz la audiencia de interdicci n por medios remotos, a trav s de laó ó é plataforma Zoom, con la asistencia de do a Alejandra Ignacia Zamorañ Guerrero, junto a la solicitante, do a Lorena del Carmen Guerrero Zamora,ñ quienes para efectos de registro exhibieron sus respectivas c dulas deé identidad. En dicho acto, se pudo constatar que do a Alejandra Ignacia Zamorañ Guerrero presenta los signos y se ales de incapacidad que se le atribuyen yñ con el grado se alado, toda vez que responde a las interrogantes,ñ encontr ndose desubicada tanto en el tiempo como en el espacio. á CUARTO: Audiencia de Parientes. Que, a folio 11, el 25 de agosto de 2021, se realiz la audiencia de parientes por medios remotos, aó trav s de la plataforma Zoom, para efectos de determinar la idoneidad de laé persona que solicita ser de

Fallo

se declara:ó I.- Que se acoge la solicitud de autos y se declara en interdicci n,ó por causa de demencia a do a ñ ALEJANDRA IGNACIA ZAMORA GUERRERO, c dula de identidad N 21.386.733-4, domiciliada ené ° Departamento 7 Block 43, Villa Queronque, Avenida Padre Hurtado, Limache, quedando privada de la administraci n de sus bienes.ó II.- Que se designa como curadora general y definitivo a su madre, do a ñ LORENA DEL CARMEN GUERRERO ZAMORA, labores de casa, c dula de Identidad N 15.734.314-9, domiciliada en Departamento 7é ° Block 43, Villa Queronque, Avenida Padre Hurtado, Limache. Notif queseleí para que acepte el cargo y jure su fiel desempe o.ñ III.- Que se ordena practicar la inscripci n y notificaci n prevenidaó ó en el art culo 447 del C digo Civil, las que se limitaran a expresar que laí ó interdicta, con indicaci n de su domicilio, no tiene la libre administraci nó ó de sus bienes, design ndose para la publicaci n de los avisos el diario Elá ó “ Mercurio de Valpara so .í ” IV. Que se exime al curador referido precedentemente de la obligaci n de rendir fianza.ó V.- Que se remite a la curadora de la obligaci n de inventariaró solemnemente los bienes de la interdicta, sin perjuicio de serle exigible la confecci n de un apunte privado, en la forma y t rminos expuestos en eló é considerando s ptimo del presente fallo.é VI.- Que se libera a la curadora de la obligaci n de reducir aó escritura p blica la presente resoluci n, sirviendo de suficienteú ó discernimiento, copia autor

Texto Completo (Preview)

Limache, veintiuno de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: De la solicitud de interdicci n: ó Que, comparece do añ LORENA DEL CARMEN GUERRERO ZAMORA, labores de casa, domiciliada en departamento N 7 del Block N 43, Villa Queronque,° ° Avenida Padre Hurtado, Limache, quien dedujo solicitud de interdicci nó definitiva por demencia respecto de su hija do a ñ ALEJANDRA IGN

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