Juzgado de Garantía de Valdivia

SERVIU XIV DE LOS RIOS C/ MYRIAM MARISOL GUZMÁN CÁRCAMO

Rol

O-1384-2019

Fecha

7 de marzo de 2025

Materia

USURPAR U OCUPAR INMUEBLE SIN VIOLENCIA Y SIN DAÑOS ART. 458

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que con fecha 4 y 5 de marzo de 2025, se llevó a efecto audiencia de Juicio Oral Simplificado en los autos rol interno 1384-2019, seguidos en contra de la requerida Myriam Marisol Guzmán Cárcamo. Sostuvo el requerimiento, el Ministerio Público, representado por la fiscal doña Melina Belmar; mientras que la defensa de la imputada estuvo a cargo del abogado defensor penal público don Felipe Saldivia, ambos con forma de notificación al correo electrónico registrado en el Tribunal. SEGUNDO: Que el Ministerio Público dedujo requerimiento en contra de Myriam Marisol Guzmán Cárcamo, solicitando se le condene como autora, conforme lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal, del delito de usurpación no violenta, prescrito y sancionado en el artículo 458 en relación al artículo 457, ambos del Código Penal, en grado de consumado, a la pena de multa de diez UTM, accesorias legales del artículo 30 del Código Penal y pago de las costas de la causa, por concurrir la circunstancia atenuante del artículo 11 N°6 del Código Penal, sin agravantes. Al efecto sostiene que los hechos ocurrieron de la siguiente forma: “La requerida Myriam Marisol Guzmán Cárcamo desde el día 04 de febrero del año 2019 a la fecha se encuentra usurpando y ocupando el inmueble ubicado en Villa Cristo del Rey de la ciudad de Valdivia, el cual pertenece al Servicio de vivienda y urbanismo tal y como consta en la inscripción de fojas 1167 N°1924 del año 1985 del conservador de bienes Raíces de Valdivia. En efecto la requerida ocupa clandestinamente el referido bien raíz con ánimo de señor o dueño y por vías de hecho, sin autorización legal o título legítimo que la faculte para ello y en consecuencia de esta manera ha logrado despojar ilegítimamente del dominio al Servicio de Vivienda y Urbanismo. Cabe hacer presente que Guzmán Cárcamo se ha negado de desalojar el predio y ha edificado una media agua en el interior del mismo la cual habita.” TERCERO: Que el Ministerio Público, tanto en su alegato de apertura como de clausura, solicita la condena de la requerida en base a la prueba documental y fotografías acompañadas, además de la prueba testimonial y pericial rendida. Por su parte, la defensa, tanto en el alegato de apertura como en el de cierre, solicita la absolución de su representada por no estar acreditados los supuestos fácticos del delito por el cual es requerida su representada, conforme norma vigente a la fecha de ocurrencia de los hechos. Sostiene que se trata de una causa civil, de precario, más aun teniendo presente que su tenencia no es clandestina, ya que documentalmente fue autorizado a ocupar el inmueble y a urbanizarlo, existiendo un acto que vincula al Servicio de Vivienda y Urbanismo. Agrega que, a lo sumo existiría un error de prohibición. Código: LXWHXTDYUBF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 CUARTO: Que en el presente juicio declaró, como medio de defensa, la imputad

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 357 y 358 del Código Penal; artículos 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: Que se ABSUELVE a la requerida MYRIAM MARISOL GUZMÁN CÁRCAMO, RUN 9.428.323-K, domiciliada en pasaje San Valentín N°692, Villa Cristo Rey, Valdivia, de los hechos por los cuales fue requerida por el Ministerio Público y que se Código: LXWHXTDYUBF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5 habrían perpetrado desde el 4 de febrero de 2019, en la comuna de Valdivia. No se condena en costas al Ministerio Público, por haber tenido motivo plausible para requerir. Una vez ejecutoriado este fallo, dese cumplimiento al artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. RUC 1910011819-2 RIT 1384-2019 Dictada por don Carlos Isaac Acosta Villegas, Juez de Garantía de Valdivia. Código: LXWHXTDYUBF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: LXWHXTDYUBF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-07T14:41:14-0300

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1 Valdivia, siete de marzo de dos mil veinticinco. Visto y considerando: PRIMERO: Que con fecha 4 y 5 de marzo de 2025, se llevó a efecto audiencia de Juicio Oral Simplificado en los autos rol interno 1384-2019, seguidos en contra de la requerida Myriam Marisol Guzmán Cárcamo. Sostuvo el requerimiento, el Ministerio Público, representado por la fiscal doña Melina Belmar; mientras que la defensa

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