CABO 2° LUIS GONZALO ARAVENA TORO C/ DANILO ALEXANDER HERNÁNDEZ MUÑOZ
Rol
O-232-2024
Fecha
5 de marzo de 2025
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los
Fundamentos
fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 26 de octubre del año 2023, a las 15:25 horas aproximadamente, en el contexto de una investigación referida al tráfico de pequeñas cantidades de drogas, personal de carabineros ingresó, previa autorización del encargado del domicilio, al interior de la casa habitación del acusado DANILO ALEXANDER HERNÁNDEZ MÚÑOZ, ubicada en la parcela 87, sitio 20, sector La Ballena, comuna de La Ligua, comprobando que este guardaba 14,5 gramos netos de clorhidrato de cocaína en 17 bolsas de plástico transparente, y dos bolsas de plástico con cannabis sativa, una con 4,2 gramos netos de cannabis sativa y otra bolsa con 14,1 gramos netos, además se encontró una planta de cannabis sativa en estado natural de una altura de 60 centímetros, una pesa digital y envoltorios de papel cuadriculado”. Que de conformidad con lo prevenido en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15 N° 1, 18, 30, 49, 58, 68, 69 y 70 del Código Penal; 1, 3, 4, 7, 8, 12, 45, 53, 93, 166, 172, 180, 229, 248, 297, 340 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 1, 4 y 52 de la Ley 20.000; y las normas pertinentes de la Ley 18.216;
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que se condena a don DANILO ALEXANDER HERNÁNDEZ MUÑOZ, cédula de identidad N° 17.429.114-4, domiciliado en Parcela N° 87, Sitio 21, Sector La Ballena, comuna de La Ligua; a sufrir la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL, “Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol - Recaudación Ley 20.000”, de 1/3 DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; en su calidad de autor de un delito consumado de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4 de la Ley 20.000, cometido el día 26 de octubre de 2023, en la comuna de La Ligua. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 4 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de las penas privativas de Código: GNSXXTWQXJE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl libertad impuestas por la pena de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda, esto es, CRS DE LA LIGUA, por el lapso de la pena impuesta y debiendo, además, cumplir durante el período de control con las condiciones legales del artículo 5 de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualiza
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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO ABREVIADO. La Ligua, cinco de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Hecho acreditado: “El día 26 de octubre del año 2023, a las 15:25 horas aproximadamente, en el contexto de una investigaci
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