SOCIEDAD EDUCACIONAL Y CULTURAL SALVADOR LIMITADA/A.F.P. CUPRUM S.A.
Rol
O-4939-2022
Fecha
29 de septiembre de 2022
Materia
Cotizaciones Previsionales
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. EXCEPCIÓN Parte demandante evacúa traslado. EL TRIBUNAL RESUELVE: Téngase por evacuado el traslado respecto a la excepción de incompetencia absoluta. Atendido lo señalado en el registro de audio, en especial a los señalado en el artículo 420 y 421 del Código del Trabajo que señalan: Art 420 Letra c): Serán de competencia de los Juzgados de Letras del Trabajo: c) Las cuestiones derivadas de la aplicación de las normas de previsión o de seguridad social, planteadas por pensionados, trabajadores activos o empleadores, salvo en lo referido a la revisión de las resoluciones sobre declaración de invalidez o del pronunciamiento sobre otorgamiento de licencias médicas; d) Los juicios en que se demande el cumplimiento de obligaciones que emanen de títulos a los cuales las leyes laborales y de previsión o seguridad social otorguen mérito ejecutivo; e) Las reclamaciones que procedan contra resoluciones dictadas por autoridades administrativas en materias laborales, previsionales o de seguridad social; Y lo dispuesto en el at 421 del Código del Trabajo que indica que artículo 421. Serán de competencia de los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional los juicios en que se demande el cumplimiento de obligaciones que emanen de títulos a los cuales las leyes laborales y de previsión o seguridad social otorguen mérito ejecutivo; y, especialmente, la ejecución de todos los títulos ejecutivos regidos por la ley Nº 17.322, relativa a la cobranza judicial de imposiciones, aportes y multas en los institutos de previsión. En el caso de autos la demandada está solicitando la prescripción extintiva del cobro de las cotizaciones de seguridad social, esto es, la imposiciones regida por el art de la Ely Nº 17.322, relativa a la cobranza judicial de las imposiciones conforme al principio de especialidad es de competencia de los Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional, de manera tal que del análisis conjunto de la normativa expuesta es que este tribun
Fundamentos
fundamentos en audio). Dirigió la audiencia doña Ema Del Pilar Novoa Mateos, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veintiséis de septiembre de dos mil veintidós.
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Ordinario FECHA 26/09/2022, Santiago RUC 22- 4-0420398-7 RIT O-4939-2022 CARATULADO Sociedad Educacional Y Cultural Salvador Limitada/A.F.P. Cuprum S.A. MAGISTRADO Ema Del Pilar Novoa Mateos ADMINISTRATIVO DE ACTAS Claudia Fuentes Yessi HORA DE INICIO 09:42 HORA DE TERMINO 10:09 SALA 12 vir
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