C/ BEATRIZ ALEJANDRA BUCAREY GARCÍA
Rol
O-1563-2023
Fecha
3 de marzo de 2025
Materia
DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento. El tribunal dicta sentencia. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales, sentencia firme y ejecutoriada. La sentenciada deberá presentarse en el CRS Castro (Calle Gamboa 589, Castro) el día lunes 10 de marzo del año 2025, a las 12:00 horas. Apercibimiento: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2300225604-5 1563-2023 PARTICIPANTES.: Denunciado. - BUCAREY GARCÍA BEATRIZ ALEJANDRA Art. 26 1 Sentencia.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2300225604-5 1563-2023 CAUSA.: R.U.C=2300225604-5 R.U.I.=1563-2023 Fecha de deliberación 2025/03/03 Juez redactor MARÍA JOSÉ ARAYA SAAVEDRA RELACIONES.: Resultado Condenado. Código: XFQZXTMQEXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl BUCAREY GARCÍA BEATRIZ ALEJANDRA / Desacato (Art. 240 Codigo de Procedimiento Civil CAUSA.: R.U.C=2300225604-5 R.U.I.=1563-2023 - - RELACIONES.: BUCAREY GARCÍA BEATRIZ ALEJANDRA / Desacato (Art. 240 Codigo de Procedimiento Civil Procedimiento Simplificado. HECHOS ESTABBLECIDOS EN LA SENTENCIA: El día 28 de febrero de 2023, alrededor de las 11:20 horas la acusada BEATRIZ ALEJANDRA BUCAREY GARCIA se acercó al domicilio ubicado en Pasaje Rio Cholchol N° 4683, Comuna de Puente Alto lugar donde se encontraban las víctimas de iniciales P.E.M.B. y E.L.M.B. quienes se encontraban al interior de dicho domicilio, quebrantando lo resuelto por el Juzgado de Familia en audiencia de fecha 24 de febrero de 2023, en causa P- 451-2023 en que se decretó la medida cautelar de abandono del hogar común y la prohibición de acercamiento al mismo domicilio, siendo notificada la acusada personalmente con fecha 25 de febrero de 2023 y encontrándose vigente al momento de los hechos. Sentencia (parte resolutiva): Puente Alto, tres de marzo de dos mil veinticinco. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°6, 11 N° 9, 14, 15, 25, 30, 49, 50, 67, 70 del Có
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°6, 11 N° 9, 14, 15, 25, 30, 49, 50, 67, 70 del Código Penal; articulo 240 del Código de Procedimiento Civil; artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; Ley N° 20.066; y Ley N° 18.216; SE RESUELVE: I.- Que, se condena a BEATRIZ ALEJANDRA BUCAREY GARCÍA, cédula de identidad N° 17.780.001-5, ya individualizada, como autora de delito CONSUMADO de DESACATO EN CONTEXTO DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, contemplado en el artículo 240 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 5 de la Ley N° 20.066, por los hechos acaecidos en la comuna de Puente Alto, el día 28 de febrero de 2023, a la PENA DE SESENTA Y UN DÍAS DE RECLUSIÓN MENOR EN SU GRADO MÍNIMO; a la pena accesoria legal de suspensión para cargos y oficios público durante el tiempo que dure la condena; y a la pena accesoria legal del ARTICULO 9° LETRA B) DE LA LEY 20.066, por el término de DOS AÑOS, consistente la prohibición de acercarse a las Código: XFQZXTMQEXD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl víctimas sus hijos de iniciales P.E.M.B y R.L.M.B, a su domicilio ubicado en Pasaje Río Chol Chol N° 4683, comuna de Puente Alto, su lugar de trabajo o estudio o cualquier lugar que visite o frecuente con habitualidad. Ofíciese en su oportunidad, a las instituciones respectivas de control. II.- Que, por reunir los requisitos del artículo 4 de
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Individualización de Audiencia de preparación juicio oral.. Fecha Puente Alto., tres de marzo de dos mil veinticinco Magistrado MARÍA JOSÉ ARAYA SAAVEDRA Fiscal MAGDALENA DÍAZ Defensor MIGUEL RETAMAL Hora inicio 12:13PM Hora termino 12:36PM Sala SALA 2 Semipresencial Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta cca RUC 2300225604-5 RIT 1563 - 2023 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA BEATRIZ
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