MINISTERIO PÚBLICO C/ CRISTOFER IGNACIO RAMÍREZ GALLARDO
Rol
O-408-2024
Fecha
4 de marzo de 2025
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en sala constituida por los jueces doña Carolina Garrido Acevedo, quien presidió, doña Marcela Paredes Olave y don Sergio Allende Cabeza, el día jueves 27 de febrero del año en curso se llevó a efecto audiencia de juicio oral en la causa RIT 408-2.024, RUC 2301402372-0, seguida en contra del acusado CRISTOFER IGNACIO RAMÍREZ GALLARDO, cédula de identidad N° 20.482.567-K, nacido en Viña del Mar el día 12 de mayo de 2.000, 24 años, soltero, temporero, domiciliado en Gabriela Mistral N° 1.144, Villa Primavera, Rengo, representado por el defensor penal público don Francisco Sánchez Avilés, con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, en cuya representación intervino la fiscal doña Fernanda Orpis Mesina, con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación fiscal. Que la acusación fiscal se fundó en los siguientes hechos, tal como se describen de manera literal en el auto de apertura de juicio oral: 1. LOS HECHOS: “El día 20 de diciembre de 2023, alrededor de las 16.45 horas, el imputado CRISTOFER IGNACIO RAMÍREZ GALLARDO concurrió hasta la multitienda comercial San Antonio ubicada en calle Arturo Prat N° 325 de la comuna de Rengo, y una vez al interior de la tienda comenzó a tomar para sí con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, diversas especies que sustrajo, consistentes en: una mochila Doite color olivo con un valor de $139.000, un polerón “under armour”, una polera under armour, un pack de calcetas Adidas, una polera también marca under armour, 15 short marca under armour, dos pantalones de buzo marca Hunter, dos leggins calzas, dos polerones puma verde, huyendo con todas esas especies en su poder sin pagar el valor comercial de éstas, que fue avaluado por la víctima en la suma total de $419.880”. 2. CALIFICACIÓN JURÍDICA: Código: QXQSXTYJRXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen el delito de hurto simple, prescrito y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal. 3. ITER CRIMINIS: El delito se encuentra en grado de ejecución consumado. 4. PARTICIPACIÓN: Le corresponde al acusado participación en calidad de autor según dispone el artículo 15 N°1 del Código Penal. 5. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL: A juicio del Ministerio Público le perjudica la agravante del articulo 12 N° 16 del Código Penal. 6. PENA REQUERIDA: El Ministerio Público solicita se condene al acusado a sufrir la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio, más multa de 10 UTM, como autor consumado de un delito de hurto simple de 4 a 40 UTM; más las penas accesorias y las costas que, según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes
Fallo
se acuerda quién era en ese momento. Reseña que él sale arrancando, ellos salen arrancando detrás de él, él corre, corre, porque igual corría mucho más que ellos, él salió por Serrano, después llega a Prat, de ahí toma la calle Democracia, y en Democracia o Solís se llama, donde está el “Papá mono”, no se acuerda el nombre de esa calle y en ese momento él tira la mochila al piso, la deja ahí y sale corriendo, lo sigue persiguiendo, ya estaba como avisado carabineros y todo y después sale por la Código: QXQSXTYJRXC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 5 calle San Martín, como por la farmacia “Posto verde”, los carabineros estaban como estacionados en la “Copec”, en ese momento carabineros viene como por la orilla por donde iban corriendo, les indica que era él y ahí lo toman detenido. Indica que la mochila la tomó un empleado de ellos y se la lleva. No recuerda qué empleado fue porque ella siguió corriendo. Ella lo siguió en todo momento. Señala que él iba corriendo, ella iba corriendo detrás de él y carabineros sale como adelante de él, por San Martín. No lo perdió de vista. Cree que estaba con short, no se acuerda realmente, pero se acuerda de su cara perfectamente. Precisa que primero tomó la mochila de camping, era como de esas típicas mochilas grandes, no se acuerda la marca pero no una mochila común, después llevaba como muchos shorts, polerón, unas calcetas, como calzas, unas calzas también, eran como
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1 Rancagua, martes cuatro de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización del tribunal, de los intervinientes y de la causa. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en sala constituida por los jueces doña Carolina Garrido Acevedo, quien presidió, doña Marcela Paredes Olave y don Sergio Allende Cabeza, el día jueves 27 de febrero del año en
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