Juzgado de Letras y Garantía de Pucón

MP FISCALIA LOCAL C/ MANUEL JESÚS MERA AGUIRRE

Rol

O-1908-2024

Fecha

27 de febrero de 2025

Materia

DAÑO FALTA (495 NR 21 CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Fallo

se declara: I. Que se condena a MANUEL JESÚS MERA AGUIRRE, ya individualizado, como autor de la falta penal de Daños contenida en el Art. 495 n°21 del Código Penal, a la pena de multa de un tercio del unidad tributaria mensual, la cual se tiene por cumplida atendido el tiempo que ha estado detenido en esta causa, por más de 12 horas. II. No se condena en costas al condenado. En su oportunidad cúmplase con lo dispuesto por el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes presentes en la audiencia se dan por notificados de todo lo precedentemente resuelto. Anótese, Regístrese y Archívese si no fuere impugnado por recurso de nulidad. RUC 2510009234-7 Código: MUQZXTXZMSC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT 441 - 2025 Código: MUQZXTXZMSC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-04T10:50:59-0300

Texto Completo (Preview)

Fecha Pucón, veintisiete de febrero de dos mil veinticinco RESOLUCION SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO RUC 2510009234-7 RIT 441 - 2025 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA MANUEL JESÚS MERA AGUIRRE 0016900433-1 Pasaje Pasaje Huife Nº s/n Pucón. En cumplimiento a lo resuelto por la Excma. Corte Suprema en el artículo 62 del acta N° 71-2016 de fecha 16 de Junio del 2016, se transcrib

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica