C/ JOSÉ IVÁN CRUZ VENEGAS
Rol
O-5779-2023
Fecha
3 de marzo de 2025
Materia
DESACATO (ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL)., LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: HECHO 1: El día 9 de noviembre de 2022 aproximadamente a las 18:00 horas, en circunstancias que las victimas doña Hortensia Cruz Venegas y su hermana doña Natalia Cruz Vengas, se encontraban en su domicilio ubicado en calle Elena Sánchez Correa, Parcela N° 14, localidad de Champa, comuna de Paine, hasta ese lugar llego el hermano de ambas, el imputado José Iván Cruz Venegas, quien luego de una discusión, sin motivo justificado, golpeo a ambas víctimas con golpes de puño, ocasionándole a ambas víctimas, lesiones de carácter leves. HECHO 2: El día 12 de junio de 2023 aproximadamente a las 23:00 horas, el imputado José Iván Cruz Venegas, concurrió e ingreso al domicilio ubicado en calle Elena Sánchez Correa, Parcela N° 14, localidad de Champa, comuna de Paine. De esta acción se percató su hermana Hortensia Cruz Venegas, quien dio aviso a carabineros, llegando hasta el domicilio. En el lugar detuvieron al imputado José Iván Cruz Venegas. Con este actuar, el imputado incumplió una resolución judicial dictada con fecha 10 de noviembre de 2022, por el JG de San Bernardo, Código: GVPBXTNVCRC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl en causa RUC 2201118003-9, RIT 10.306-2022, donde se decretaba la prohibición de acercamiento de Doña Hortensia y doña Natalia, ambas de apellidos Cruz Vengas, a sus domicilios y donde quiera que se encuentren. La resolución judicial fue notificada personalmente y vigente a la fecha de estos hechos. _ Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 6 y 9, 15 No. 1, 18, 21, 25, 30, 49, 50, 67, 68, 69, 70 y 399 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; 1 y
Fallo
se declara: i.- Que se condena a JOSÉ IVÁN CRUZ VENEGAS, cédula de identidad N° 0015727310-8, a 2 penas de multa de 1/3 UTM cada una, sanciones pecuniarias las últimas que se tienen por cumplidas con el tiempo que permaneció privado(a) de libertad el(la) imputado(a) en la causa los días 10 de noviembre de 2022 y 13 de junio de 2023, como autor(a) de 2 delitos de Lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, en grado de ejecución consumados, previstos y sancionados en el artículo 399 del Código Penal, delitos cometidos en Paine, territorio jurisdiccional del tribunal, el 9 de noviembre de 2022, y a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor(a) del delito de Desacato, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 240 del Código de Procedimiento Civil, delito cometido en Paine, territorio jurisdiccional del tribunal, el 12 de junio de 2023. ii.- Que se condena además al(a) imputado(a), a la pena accesoria de prohibición de acercarse a las víctimas HORTENSIA ANDREA CRUZ VENEGAS y NATALIA KARINA CRUZ VENEGAS, a su domicilio de Calle ELENA SANCHEZ CORREA N° 14, CHAMPA, comuna de Paine, lugar de trabajo o estudio, así como a cualquier otro lugar al que éstas concurran habitualmente, esto por el plazo de 12 meses. iii.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo Código: GVPBXTNVCRC Este document
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_. ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO. _ Fecha : tres de marzo de dos mil veinticinco. Imputado : JOSÉ IVÁN CRUZ VENEGAS, cédula de identidad N° 0015727310-8, nacido el día 19 DE MAYO DE 1983, con domicilio en Calle ELENA CORREA N° 14, CHAMPA, comuna de Paine. Víctimas : HORTENSIA ANDREA CRUZ VENEGAS. NATALIA KARINA CRUZ VENEGAS. Fiscal : MARIA ELISA MATURANA LOPEZ. Defen
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