Juzgado de Garantía de Valdivia

MP C/ RICARDO ANTONIO GEYWITZ SANDOVAL

Rol

O-7567-2023

Fecha

2 de marzo de 2025

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto y teniendo presente: Hechos: En Valdivia, el día 29 de diciembre del año 2023, siendo la 01.28 horas, el acusado Ricardo Antonio Geywitz Sandoval fue sorprendido por carabineros, en Avenida Simpson intersección Francisco de Godoy, efectuando comercialización de droga en la vía pública. El imputado fue observado mientras vendía droga a un tercero, siendo fiscalizado manteniendo en su poder al interior de un bolso tipo banano marca Rudel color negro, 20 envoltorios de papel blanco cuadriculado contenedores de pasta base de cocaína los que arrojaron un peso bruto de 8,8 gramos, además de $154.000 (ciento cincuenta y cuatro mil pesos) provenientes de la venta de droga y un teléfono celular marca Motorola color gris. La droga incautada era mantenida, guardada, poseída y transportada por el acusado sin la autorización competente y sin que dichas drogas estuvieran destinadas para el tratamiento médico ni para el consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo del mismo. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio RUC N°2301431304-4 -1084 y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14 N°1, 15 N°1, 30, 49, 50, 68, 69, 70 del Código Penal; 297, 340, 342, 348, 388 y siguientes, 407 inciso 5° del Código Procesal Penal; 1, 4, 46 de la ley 20.000; 4 y 38 de la Ley 18.216, se declara: Que se condena a RICARDO ANTONIO GEYWITZ SANDOVAL, RUN 19.555.891-4, domiciliado en Honorino Landa 4 N°62, Población Pablo Neruda, Valdivia, en calidad de autor del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades , previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° ambos de la ley 20.000, en grado de consumado, perpetrado en la ciudad de Valdivia el día 29 de diciembre del año 2023, a la penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, más accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la cond

Fundamentos

considerando quinto de la presente sentencia, no se decretará la pena accesoria de registro de su huella genética. Que la pena corporal impuesta será cumplida por el sentenciado mediante la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena por el término total de un año, sujeto al control del Centro de Reinserción Social de Valdivia, al cual deberá presentarse a cumplir el sentenciado dentro del término de quinto día de ejecutoriada la sentencia, bajo apercibimiento de que si no se presenta se despachará en su contra una orden de detención para efecto de llevar a cabo audiencia de revocación de pena sustitutiva. Se deja constancia que para estos efectos no hay abonos que considerar. En conformidad a lo dispuesto el artículo 38 de la Ley 18.216, modificada por la Ley 20.603, se omitirá en el certificado de antecedentes del condenado la anotación de la presente condena. En cuanto a la pena de multa, se abonará a la misma dos días que ha permanecido privado de libertad en la presente causa, esto es, 29 de diciembre de 2023 y 02 de marzo de 2025, razón por la cual la multa a cancelar por el sentenciado es el equivalente a 9,33 UTM, respecto de la cual se le concederá plazo para el pago de la misma en diez cuotas iguales y sucesivas de 0,933 UTM cada una, debiendo pagar la primera de las cuotas dentro del mes de marzo del año en curso y hasta el último día hábil de cada mes, haciendo presente que el no pago de una de las cuotas hará exigible el total del saldo adeudado. Para el caso que el sentenciado no tuviere bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá por vía de sustitución y apremio, la pena de reclusión, regulándose un día por cada un tercio de Unidad Tributaria Mensual a que ha sido condenado. En su oportunidad, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. Ejecutoriada, la sentencia álcese las cautelares que se encuentren vigentes. Código: GJXNXTFSBVD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RUC 2301431304-4 RIT 7567 - 2023 Dirigió la audiencia y resolvió don Carlos Isaac Acosta Villegas, Juez de Garantía de Valdivia. Código: GJXNXTFSBVD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-03-05T15:23:22-0300

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14 N°1, 15 N°1, 30, 49, 50, 68, 69, 70 del Código Penal; 297, 340, 342, 348, 388 y siguientes, 407 inciso 5° del Código Procesal Penal; 1, 4, 46 de la ley 20.000; 4 y 38 de la Ley 18.216, se declara: Que se condena a RICARDO ANTONIO GEYWITZ SANDOVAL, RUN 19.555.891-4, domiciliado en Honorino Landa 4 N°62, Población Pablo Neruda, Valdivia, en calidad de autor del delito de tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades , previsto y sancionado en el artículo 4° en relación al artículo 1° ambos de la ley 20.000, en grado de consumado, perpetrado en la ciudad de Valdivia el día 29 de diciembre del año 2023, a la penas de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, más accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, multa a beneficio del fondo establecido en el artículo 46 de la ley 20.000 ascendente a diez UTM y comiso de la droga y contenedores incautados que deberán ser destruidos por el Código: GJXNXTFSBVD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Ministerio Público o por el Servicio de Salud respectivamente, si no se hubiese hecho antes, además del comiso del dinero incautado, esto es, $154.000 (ciento cincuenta y cuatro mil pesos), que deberán ser depositados por el Ministerio Público en la cuenta corriente de la institución establecida en el artículo 46 de la ley 20.000, una vez ejecut

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Sentencia en procedimiento simplificado. Valdivia, dos de marzo de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Hechos: En Valdivia, el día 29 de diciembre del año 2023, siendo la 01.28 horas, el acusado Ricardo Antonio Geywitz Sandoval fue sorprendido por carabineros, en Avenida Simpson intersección Francisco de Godoy, efectuando comercialización de droga en la vía pública. El imputado fue

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