HUME/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUINTA NORMAL
Rol
C-8618-2018
Fecha
15 de septiembre de 2021
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 21 de marzo de 2018, a folio 1, comparece do a Sof añ í Encarnaci n Hume Ar stica, pensionada, domiciliada en calle Nuevaó ó Extremadura N 5339, comuna de Quinta Normal, quien viene en deducir° demanda de prescripci n extintiva de derechos municipales de aseoó domiciliario en juicio ordinario de m nima cuant a, con costas, en contra deí í la Ilustre Municipalidad de Quinta Normal, representada legalmente por su Alcaldesa, do a Carmen Gloria Fern ndez Valenzuela, ambas domiciliadasñ á en San Pablo N 8444, comuna de Quinta Normal, conforme a los°
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que expone a continuaci n.ó Se ala que con fecha 16 de septiembre de 2005 adquiri la totalidadñ ó de los derechos sobre el inmueble ubicado en calle Nueva Extremadura N 5339, comuna de Quinta Normal, el que se encuentra inscrito a fojas° 78427 N 77147 del Registro de Propiedad del a o 2005 del Conservador de° ñ Bienes Ra ces de Santiago.í Indica que por la imposibilidad de pago en su oportunidad, figuran pendientes como deuda por concepto de derechos de aseo con la demandada, cuotas desde abril de 2008 hasta noviembre de 2008. En cuanto a los fundamentos de derecho, cita al efecto los dispuesto en los art culos 2492, 2493 y 2515 del C digo Civil. Refiere que, por suí ó parte, el art culo 2521 del mismo cuerpo legal, establece que prescriben ení tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y las Municipalidades,ñ provenientes de toda clase de impuestos. Manifiesta que, sobre este punto, las Cortes de Apelaciones, as como la Contralor a General de la Rep blica,í í ú han ido asumiendo gradualmente la postura que considera que cualquier gravamen a favor del Estado en contra de los ciudadanos constituye un tipo de carga impositiva, por lo que se aplicar a la prescripci n de corto plazoí ó antes referida. RIT« » Foja: 1 Expresa que el legislador a trav s de la instituci n de la prescripci né ó ó ha buscado dar certeza jur dica respecto de derechos y acciones, toda vezí que asevera no es sano para el derecho que se perpet en contiendas entreú partes a fin de dar estabilidad jur dica. í As , expone que las cuotas devengadas desde abril de 2008 hastaí noviembre de 2008 superan con creces el plazo de 5 a os de prescripci n,ñ ó establecido para que el Municipio en cuesti n pueda hacer exigible laó deuda, por lo que procede que se declare respecto de los derechos de aseo se alados.ñ Aclara que, para efectos de la cuant a, indica que la suma que seí pretende prescriba asciende a $83.510.- Con fecha 6 de agosto de 2019, a folio 40, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la demandada, se efectu llamado a conciliaci n,í ó ó el que no se produce por la rebeld a anotada, se recibi la causa a prueba yí ó se cit a las partes a la audiencia de prueba de rigor.ó Con fecha 23 de agosto de 2021, a folio 78, se realiz laó audiencia de prueba en rebeld a de la parte demandante y demandada, yí teniendo presente lo dispuesto en los art culos 715 y siguientes, y 722 delí C digo de Procedimiento Civil, encontr ndose cumplido el llamado aó á audiencia de prueba, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 21 de marzo de 2018, a folio 1, comparece do a Sof a Encarnaci n Hume Ar stica, quien deduce demandañ í ó ó en juicio ordinario de prescripci n extintiva de derechos municipales deó aseo domiciliario de la propiedad ubicada en calle Nueva Extremadura N 5339, comuna de Quinta Normal, en contra de la Ilustre Municipalidad° de dicha comuna, fund ndose para ello en los antecedentes de hecho yá
Fallo
por tanto, a la fecha de presentaci n de estaó demanda, esto es, al 21 de marzo de 2018, y en atenci n al documentoó singularizado como copia de Estado de Deuda, rese ado en el considerandoñ RIT« » Foja: 1 segundo, el que incluye los derechos de aseo domiciliario comprendidos entre el 30 de abril de 2008 y el 30 de noviembre de 2008, es posible establecer que se encuentran prescritas las acciones para el cobro de los derechos municipales de aseo domiciliario se alados, los que tienen fecha deñ vencimiento entre el 30 de abril de 2008 y el 30 de noviembre de 2008, ambas inclusive, por lo que se acoger la demanda.á Atendido lo antes razonado y lo dispuesto en los art culos 2514 yí 2515 del C digo Civil, 144, 170 del C digo de Procedimiento Civil, seó ó declara: I.- Que se acoge la demanda de prescripci n planteada respecto deó las acciones para el cobro de los derechos municipales de aseo domiciliario, con vencimiento entre el 30 de abril de 2008 y el 30 de noviembre de 2008, ambas inclusive. II.- Que cada parte soportar sus costas.á Reg strese y an tese.í ó Pronunciada por Mar a Soledad Jorquera Binner, Juez Titular delí Quinto Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, quince de Septiembre de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 05 de septiembre de
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8618-2018 CARATULADO : HUME/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUINTA NORMAL Santiago, quince de Septiembre de dos mil veintiuno VISTOS: Con fecha 21 de marzo de 2018, a folio 1, comparece do a Sof añ í Encarnaci n Hume Ar stica, pensionada, domiciliada en calle Nuevaó ó Extremadura N 5339, comuna de Quinta N
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