2º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ MANUEL GATTI KREBS

Rol

O-5203-2024

Fecha

25 de febrero de 2025

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 03 de agosto del año 2024, a las 04:00 horas aproximadamente, el requerido MANUEL GATTI KREBS, conducía en evidente estado de ebriedad, el vehículo marca Honda, modelo CRV 2.0 aut., color blanco, PPU UR 2069, por la autopista Américo Vespucio Norte, poco antes de llegar a la salida N° 5 hacia Pedro Fontova, en la Comuna de Huechuraba, pierde el control del vehículo, colisionando al vehículo marca Faw, modelo Oley, color blanco, PPU JLFD 14, conducido por la victima ALFREDO HERNÁN ARTEAGA SERRA, que se desempeñaba como conductor de la plataforma Uber, y en el que viajaba como pasajera, la victima EVELYN DEL ROSARIO GONZÁLEZ CUEVAS. Producto de lo anterior, el vehículo PPU JLFD 14, resulto con diversos daños en su estructura y la victima que se encontraba como pasajera del vehículo, resulto con lesión eritematosa a nivel de sacro de aproximadamente 1.5 cm., lesión de carácter leve. En el lugar de los hechos, el requerido fue controlado por funcionarios de Carabineros, verificándose el estado de ebriedad debido a que se encontraba con fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad al caminar, siendo sometido a prueba respiratoria que arrojó un resultado de 1,75 gramos de alcohol por litro en la sangre, por lo que se procedió a su detención. Por su parte el examen de alcoholemia practicado al requerido, arrojo como resultado que este último presentaba 2,60 gramos por mil de alcohol en la sangre, al momento de desempeñar la conducción del vehículo. SE DECLARA: I. Que se condena a MANUEL GATTI KREBS, ya individualizado, en calidad de autor, del delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADOS DE DAÑOS Y LESIONES LEVES, en grado de CONSUMADO perpetrado con fecha 03 de agosto del año 2024, en la comuna de Huechuraba a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de un tercio de UTM y a

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a MANUEL GATTI KREBS, ya individualizado, en calidad de autor, del delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADOS DE DAÑOS Y LESIONES LEVES, en grado de CONSUMADO perpetrado con fecha 03 de agosto del año 2024, en la comuna de Huechuraba a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MAXIMO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, al pago de una multa de un tercio de UTM y a la suspensión de la licencia de conducir por el termino de 2 años. II. Que por reunirse los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216, se remite condicionalmente la pena impuesta, debiendo quedar sujeto al control de Gendarmería de Chile por el término de 1 año. En caso de revocarse la pena sustitutiva, se deja constancia que no existen abonos que considerar. III. Que la pena de multa impuesta se le tiene por cumplida con el día que estuvo preso con ocasión de esta causa, esto es, el 03 de agosto del año 2024. IV. Ofíciese al Registro de conductor a fin de que inscriba la suspensión de licencia por el término de 2 años. V. Ofíciese al Servicio de Registro Civil e Identificación a fin de que omita del certificado de antecedentes del sentenciado esta condena, al tenor de lo dispuesto en el artículo 38 de la ley 18.216. VI. Que se le exime del pago de las costas de la causa. VII. Una vez ejecutoriada la presente resolución, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal.- Sentencia

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CLAUDIA LORENA PIZARRO LUCO RUC: 2400905964-0 RIT: 5203-2024 IMPUTADO: MANUEL GATTI KREBS C.I. 15643371-3 FECHA DE NAC. 09-04-1984 DIRECCION Calle PRINCIPE DE GALES N°7565, DEPTO Nº 906 COMUNA: La Reina. DELITO Cond

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