ANGELA VENERICIA DIAZ ROMERO C/ YUBINZA PEREA CORONADO
Rol
O-2464-2024
Fecha
25 de febrero de 2025
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 12 de abril de 2023, los imputados NELSON CRUZ DELGADO, YUBINZA PEREA CORONADO y AXEL OSORIO CASTRO, previamente concertados con terceros desconocidos y con la finalidad de engañar a la víctima doña ANGELA VENERICIA DIAZ ROMERO, facilitaron sus cuentas del BancoEstado para recibir, mediante engaños, desde la cuenta corriente del Banco Falabella n°15170073360 de propiedad de la víctima depósitos por un total de $4.800.000 (cuatro millones ochocientos mil pesos). Para llevar a cabo su ardid, terceros previo acuerdo con los imputados, enviaron a la víctima, mientras esta se encontraba en su domicilio de AV. Recoleta Nª6109, Huechuraba, una solicitud de amistad a través de la plataforma Facebook, la cual simulaba provenir de una amiga de la víctima: "siria elena wildbergh- olivarea” la cual había cambiado su residencia a Holanda. Una vez aceptada la solicitud, la víctima fue contactada a través del número +1 (818)491-3993, por esta supuesta amiga de Holanda, con la finalidad de que guardara unos encargos que ella iba a enviar a Chile para su comercialización, por lo que solicitó la dirección y foto de carnet de la víctima, a lo cual doña ANGELA VENERICIA DIAZ ROMERO accedió al confiar que era su amiga quien lo solicitaba. Siguiendo con el engaño, el día 12 de abril del 2023, la víctima comenzó a recibir llamados de un supuesto Encargado de la Aduana a través del número +56939075982, el cual se identificó como Ángel González Márquez, quien le pidió realizar un depósito por $4.800.000 (cuatro millones ochocientos mil pesos), para mantener la mercadería de su amiga guardada en la aduana. Transferencias que la víctima realizó, creyendo legítima la solicitud, desde su cuenta corriente del Banco Falabella n°15170073360 según el siguiente detalle; $100.000 a la cuenta BancoEstado de NELSON CRUZ DELGADO el 12 de abril Código: ELXXTDZXJC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023. $200.000 a
Fallo
se declara: i.- Que se condena a Axl Antonio Osorio Castro, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, y multa de 1/3 de UTM, para lo cual se otorga un plazo para enterarla de 15 días a contar de la ejecutoriedad de esta sentencia y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de estafa residual del artículo 473 del Código Penal, en grado de ejecución consumado. Este hecho fue cometido en Huechuraba, territorio jurisdiccional de este Tribunal, con fecha 12 de abril de 2023. ii.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 11 de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al sentenciado se le sustituye por la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad coordinados por un delegado de Gendarmería de Chile, cuya duración se determina en razón de 40 horas de trabajo comunitario por cada 30 días de privación de libertad, lo que hace un total de 81 horas de trabajo. Que para el evento que la pena sustitutiva decretada al sentenciado le fuere revocada, deberá cumplir el saldo de la pena privativa de libertad que le ha sido impuesta, abonándose al tiempo de reclusión un día por cada 8 horas efectivamente trabajadas. Debe presentarse para ello en el CRS Santiago el día 03 de marzo de 2025 a las 9:00 horas. Queda notificado personalmente y apercibido por el artículo 33 del Código Procesal Penal. iii.- Que en atención a la
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FECHA: Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco RIT: 2464-2024 RUC: 2300429589-7 MATERIA: Sentencia procedimiento simplificado IMPUTADO: Axl Antonio Osorio Castro RUT: 20.834.340-8 DELITO: Estafa residual, 473 del Código Penal HECHOS: El día 12 de abril de 2023, los imputados NELSON CRUZ DELGADO, YUBINZA PEREA CORONADO y AXEL OSORIO CASTRO, previamente concertados con terceros desco
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