13º Juzgado Civil de Santiago

ECHEVERRÍA/

Rol

V-284-2020

Fecha

15 de septiembre de 2021

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Comparece en autos doña Maria Ignacia Sánchez Anwandter, abogada, domiciliada en calle Evaristo Lillo N°112, piso 9, comuna de Las Condes, en representación de doña Adriana Echeverría Domínguez, chilena, casada con separación total de bienes, dueña de casa, domiciliada en Avenida Santa Maria N°5622, departamento 72, comuna de Vitacura, quien viene en solicitar se le autorice a su representada a efectuar la donación que más adelante se señala, en atención a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que se reseñando en los párrafos siguientes. Solicita autorización judicial para que su representada done en forma irrevocable y a título gratuito 9.640 acciones totales, las que se desglosan en 1.000 acciones de la Serie A u Ordinaria y por 8.640 acciones de la Serie B o Preferente, las que equivalen al 90,9% del capital accionario que tiene en propiedad en la sociedad “Multimak SpA”, las que equivalen, a su vez, al 8,9% de la misma, a los donatarios Maria Trinidad, Carolina, Francisca Isabel y Patricio Jose, todos de apellidos Letelier Echeverría. Agrega que su representada es dueña de 10.600 acciones totales, las que se desglosan en 1.000 acciones de la Serie A u Ordinaria y por 9.600 acciones de la Serie B o Preferente, equivalente al 98% del capital accionario de la sociedad antes referida, la que fue constituida por escritura pública de fecha 23 de septiembre de 1987, encontrándose inscrita a fojas 21.651 número 12.699 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1987. Precisa que su representada tiene la intención de donar en forma irrevocable a título gratuito, por mera liberalidad 9.640 acciones totales, en la siguiente forma: 1.- 2.410 acciones, que se desglosan en 250 acciones de la Serie A u Ordinaria, y 2.160 acciones de la Serie B o Preferente, equivalentes a un 2,2% del capital accionario de la sociedad a su hija doña Maria Trinidad Letelier Echeverría, cédula de identidad número 12.014.072-8, casada con separación total de bienes. 2.- 2.410 acciones, que se desglosan en 250 acciones de la Serie A u Ordinaria, y 2.160 acciones de la Serie B o Preferente, equivalentes a un 2,2% del Foja: 1 capital accionario de la sociedad a su hija doña Carolina Letelier Echeverría, cédula de identidad número 8.549.891-6, casada con separación total de bienes. 3.- 2.410 acciones, que se desglosan en 250 acciones de la Serie A u Ordinaria, y 2.160 acciones de la Serie B o Preferente, equivalentes a un 2,2% del capital accionario de la sociedad a su hija doña Francisca Isabel Letelier Echeverría, cédula de identidad número 8.549.917-3, casada con separación total de bienes. 4.- 2.410 acciones, que se desglosan en 250 acciones de la Serie A u Ordinaria, y 2.160 acciones de la Serie B o Preferente, equivalentes a un 2,2% del capital accionario de la sociedad a su hijo don Patricio José Letelier Echeverría, cédula de identidad número 12.014.210-0, casado en sociedad conyugal. Manifiesta que los donatarios singularizados tienen plena capacidad para recibir entre vivos conforme a lo preceptuado en el artículo 1389 del Código Civil. Expresa que el valor libro del 8,9% del capital accionario de la sociedad “Multimak SpA” que su representada desea donar, según balance que se acompaña, asciende a la suma de $102.722.221.-, por lo que a cada donatario le correspondería la suma de $25.680.555.- En cuanto al patrimonio líquido de la donante, precisa que es superior a la sum

Fallo

se declara: Que se acoge la solicitud de autos. En consecuencia, se concede a doña Adriana Echeverría Domínguez, cédula nacional de identidad N°5.200.766-6, la autorización judicial para efectuar la donación a título de mera liberalidad de 9.640 acciones totales de la sociedad “Multimak SpA” de las que es dueña, en la siguiente forma: Foja: 1 a) 2.410 acciones, que se desglosan en 250 acciones de la Serie A u Ordinaria, y 2.160 acciones de la Serie B o Preferente, equivalentes a un 2,2% del capital accionario de la sociedad a su hija doña Maria Trinidad Letelier Echeverría, cédula de identidad número 12.014.072-8, casada con separación total de bienes. b) 2.410 acciones, que se desglosan en 250 acciones de la Serie A u Ordinaria, y 2.160 acciones de la Serie B o Preferente, equivalentes a un 2,2% del capital accionario de la sociedad a su hija doña Carolina Letelier Echeverría, cédula de identidad número 8.549.891-6, casada con separación total de bienes. c) 2.410 acciones, que se desglosan en 250 acciones de la Serie A u Ordinaria, y 2.160 acciones de la Serie B o Preferente, equivalentes a un 2,2% del capital accionario de la sociedad a su hija doña Francisca Isabel Letelier Echeverría, cédula de identidad número 8.549.917-3, casada con separación total de bienes. d) 2.410 acciones, que se desglosan en 250 acciones de la Serie A u Ordinaria, y 2.160 acciones de la Serie B o Preferente, equivalentes a un 2,2% del capital accionario de la sociedad a su hijo don Patricio Jo

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Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-284-2020 CARATULADO : ECHEVERRÍA/ Santiago, quince de Septiembre de dos mil veintiuno VISTOS Comparece en autos doña Maria Ignacia Sánchez Anwandter, abogada, domiciliada en calle Evaristo Lillo N°112, piso 9, comuna de Las Condes, en representación de doña Adriana Echeverría Domínguez, chilena, casada co

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