FL AH C/ ALEXANDER SENÉN FERNÁNDEZ ARAVENA
Rol
O-3222-2024
Fecha
7 de febrero de 2025
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 5 de septiembre del año 2024, siendo las 9:05 horas aproximadamente, los imputados Alexander Zenén Fernández Aravena y el imputado Patricio Esteban Elgueta Elgueta, concertados para sustraer especies, concurrieron hasta la ruta A16, kilómetro treinta y nueve mil trescientos, de la comuna de Alto Hospicio, lugar donde se encuentra el sector de parapentes, y pudiendo observar a través de la central de cámaras como éstos se encontraban sustrayendo estructuras metálicas correspondientes a juegos infantiles. Al llegar personal policial, se dio cuenta de la efectividad de estos hechos, que además se habrían corroborado por central de cámaras, indicando los imputados, de manera libre y espontánea, que éstos los estaban sustrayendo para venderlos y comprar drogas. El valor de lo sustraídos en este caso corresponde a 500.000 (quinientos mil pesos). Las especies sustraídas corresponden a un carro de transporte con dos ruedas, una malla metálica de un metro por un metro, y una estructura metálica de dos metros por cincuenta centímetros. Alto Hospicio, a siete de febrero de dos mil veinticinco. Visto y
Fundamentos
considerando
Fallo
Se declara: Que se condena a ALEXANDER SENEN FERNANDEZ ARAVENA, cédula de identidad N°19.977.722-K domiciliado para estos efectos en calle Los Almendros N°3352, comuna de Alto Hospicio, como autor del delito frustrado de HURTO SIMPLE, prescrito y sancionado en el artículo 446 N° 2 del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 05 de septiembre del año 2024, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 61 días Presidio menor en su grado mínimo Sin abonos Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Reclusión parcial nocturna 61 días CRS de Alto Hospicio Código: RVMGXTEQCSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Observación: Que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 7 y 8 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento la pena privativa de libertad impuesta, por la de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, por igual término que la condena originalmente impuesta, a cumplirse en el CRS de Alto Hospicio, consistente en el encierro del condenado entre las 22:00 horas de cada día, hasta las 06:00 horas del día siguiente. PENA PECUNIARIA Multa Cuotas Primer vencimiento 1/3 de Unidad Tributaria Mensual NO Por cumplida Observación: Pena pecuniaria impuesta que se tiene por cumplida por el tiempo que ha permanecido privado de libertad en esta causa. PENAS ACCESORIAS, INHABILIDADES Y OTRAS Suspensión de cargo y oficio público durante el ti
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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado
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