Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

VILLELLA/LIFTIT CHILE SPA Y OTROS

Rol

O-18-2021

Fecha

26 de septiembre de 2022

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones, Semana corrida

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos planteados en esta demanda, es posible apreciar la existencia de un contrato de trabajo, debido a que los servicios prestados por mí eran de carácter personal, y se prestaban bajo dependencia y subordinación, a cambio de una remuneración determinada, como se ha expuesto a lo largo de este libelo. Clarificada la verdadera naturaleza de la relación que me unió con la demandada, y el régimen jurídico aplicable al caso concreto, se hace evidente el ejercicio de la acción de despido injustificada interpuesta en su contra. En efecto, la ausencia de cualquier formalidad dentro de la relación laboral se comunica inmediatamente al término de la misma, toda vez que la demandada me despide de forma verbal, sin cumplir con ninguna de las formalidades que, para esos efectos, dispone el art, 162 del Código del Trabajo, configurándose así un despido totalmente injustificado, en los términos del art. 168 del mismo cuerpo legal, siendo En cuanto a la Nulidad. En relación con la procedencia de la nulidad del despido por no pago y no pago de manera íntegra de las cotizaciones previsionales se ha manifestado ya la Excma. Corte Suprema: en sentencia número 21638-2017, conociendo de Recurso de Unificación de Jurisprudencia, el máximo tribunal señaló: (cita fallo) Concluye solicitado tener por interpuesta dentro de plazo legal, demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales, en contra de LIFTIT CHILE SPA, y solidariamente o subsidiariamente en contra de ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HÍPER LÍDER LIMITADA, y WALART CHILE S.A. ya debidamente individualizada en autos, acogerla a tramitación y declarando, en definitiva: 1) La existencia de relación laboral habida entre las partes desde y hasta las fechas señaladas. 2) Que el despido fue injustificado. 3) Que opera en la especie la sanción contemplada en el artículo 162 inciso 5 a 7 del Código del trabajo, ante el no pago de cotizaciones previsionales

Fundamentos

motivos (errores o pedidos rezagados). Es decir, no todas las asignaciones de rutas o viejas son hechas “a través” de la aplicación, sino que los mismos supervisores las asignan directamente a los conductores por diversos motivos (y luego las cargan a la aplicación): “[27-04-20 15:06:18] Miguel Coordinador Lift It: @56971319 098 le asigne un viaje nuevo, el asignado ayer lo cancele, para que le de aceptar” D. Por medio grupo de Whatsapp se daban instrucciones precisas para dirigir el trabajo: “13-05-20 16:00:17] Penélope Coordinadora Lift It: Muchachones hermosos, Feliz Tarde, acabo de enviarles a Todos, su % de uso de la aplicación, mis felicitaciones a los que están por encima de 65% ya que entran en el top 5 de los que mejor utilizan la aplicación. Es importante destacar que los pasos deberían ser los siguientes: *Tarea de Carga 🚛🚛* Paso 1: Iniciar la tarea de carga, desde su casa hasta llegar al Walmart / Ya estoy levantando el procedimiento para poder ampliar el tiempo de 1hora en la app Paso 2: Al llegar a Sala, indicar "en sitio" Paso 3: Iniciar la tarea de carga, desde que empieza la salida del pickup hacia el auto Paso 4: Finalizada la carga en el auto, adjuntar los soportes de carga, ( Fotografías del auto cargado ) *Tareas de Descarga 🛤🚛🚚* Paso1: Iniciar la tarea de en ruta desde la sala hacia el primer cliente Paso 2: Al llegar al primer destino, indicar "en sitio" Paso 3: Iniciar la tarea de descarga, desde que empiezan a bajar las cosas del auto o hicieron contacto con el cliente Paso 4: Finalizada la entrega, adjuntar los soportes de carga, (Fotografías, y reportes de incidencias, si se lo dejaron al conserje, si ocurrió algo con algún producto, si tienen re-etiquetado, cambio de dirección y así)” E. MEDIANTE EL WHATSAPP SE IMPARTEN ÓRDENES E INSTRUCCIONES RELATIVAS A LA FAENA MISMA, como cuestiones relativas a orden de entregas, instrucciones frente a clientes ausentes, envío de instrucciones frente a reclamos de clientes, órdenes de cómo procesar los pedidos cuando el reparto no es recibido por nadie, cuando la dirección es incorrecta, cuando el cliente no quiere firmar la recepción, etc. “[21-05-20 14:31:23] nattal_7: Clienta solicita con conserje dejar su pedido en conserjería pero clienta no responde al celular para confirmar información [21-05-20 14:31:27] nattal_7: Que hago? [21-05-20 14:33:52] Pía Coordinadora Lift It: No se puede dejar pedido en conserjería a excepción que el cliente autorice, Espera 10 minutos vuelve a llamar 3 veces a cliente y si no hay repuesta aplica protocolo devolución.” [07-03-20 08:37:37] Margaret Coordinadora Lift It: Chicos @56989699809 @56963768353 @56988988001 @56967270007 @56976205102 @56966779733 @56978578841 hay pedidos que no saldrán ahora a las 9:00 hrs, pero si a las 11:00 se corrieron para esa hora. Lo que haremos es que cada quien va a despachar ahorita a las 9 lo que tengan… El resto ya está en local? para que salgan con lo que ya está ok y a la vuelta repartimos el resto Muchac

Fallo

por tanto no puede hacérsele responsable solidariamente? Lógicamente esta petición sería carente de fundamento, por lo que se acaba de explicar, y porque el personal de LIDER, sus jefaturas y trabajadores, trabajaron junto a nosotros en el proceso de entrega, selección y despacho de mercaderías vendidas. Por lo demás ¿Quién es ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HÍPER LÍDER, su directorio, sus gerentes, quien debía saber esto cómo si se tratar del conocimiento que adquiere una persona natural? Walmart CHILE y ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HÍPER LÍDER, en esta dinámica de precarización laboral, sabían perfectamente que las personas que llegaban de LIFTIT no llegaban aleatoriamente, sino que llegaban por cumplimiento de un turno. El personal de líder requería los supervisores de LIDER soluciones de sus problemas de despachos, y lo pedía no a la manera que se pide una asistencia técnica logística, sino solícitamente derechamente móviles para entregas. Por último, lo esencial es que el proceso de venta se externalizó en su parte de entrega a domicilio, de modo tal que existió una externalización del proceso productivo, que de acuerdo a las normas legales es el fundamento de la responsabilidad solidaria de la empresa mandante. Por tanto, entre LIFTIT y WALMART CHILE S.A. y/o ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HÍPER LÍDER, existió un acuerdo comercial por el cual la primera asumió parte del proceso productivo de las segundas, a cambio de un precio, y que esta realizó con personal de s

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Valparaíso, veintiséis de septiembre de dos mil veintidós. PRIMERO: Que, con fecha 06 de enero de 2021 comparece don JORGE VILLELLA VERA, chileno, cédula de identidad 13.661.339-1, dependiente, con domicilio en Calle 9, 2230, Santa Inés, Viña del Mar; HUMBERTO ORTIZ SAAVEDRA, cédula de identidad N° 7.590.728-1, dependiente, con domicilio en Calle Colo Colo N° 1206 cerro Ramaditas, Valparaíso.; y E

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