Juzgado de Garantía de La Ligua

MARCELO ALEJANDRO MERINO PARRA C/ OSVALDO ESTEBAN JIMÉNEZ AHUMADA

Rol

O-467-2024

Fecha

25 de febrero de 2025

Materia

PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE (288 BIS).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los

Fundamentos

fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1,11 N° 9, 14, 15, 49, 70 y 288 bis del Código Penal; y 388 y siguientes del Código Procesal Penal;

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se condena a don OSVALDO ESTEBAN JIMÉNEZ AHUMADA, cédula de identidad N° 16.540.232-4, con domicilio en calle José Miguel Carrera N° 1419, población Glorias Navales, Cabildo; a sufrir la pena de MULTA A BENEFICIO FISCAL DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, en su calidad de autor del delito consumado de porte de arma cortante o punzante sin justificar razonablemente su porte, previsto y sancionado en el artículo 288 bis del Código Penal, cometido el día 17 de marzo de 2024 en la comuna de Cabildo. II.- Que la pena pecuniaria impuesta al sentenciado se le dará por cumplida, en atención al tiempo en que este permaneció privado de libertad por motivo de este proceso. III.- Decretase asimismo el comiso del arma incautada, autorizándose al Ministerio Público para proceder a su destrucción. IV.- Que, en atención a la naturaleza del procedimiento desarrollado, se exime al sentenciado del pago de las costas del proceso. Se deja constancia que los intervinientes renuncian a los plazos para deducir recursos legales. Certifíquese en su oportunidad que la sentencia definitiva se encuentra ejecutoriada, y el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Anótese, Regístrese y Archívese. R.U.C. N° 2400309752-4 R.I.T. N° 467-2024 Código: XKVQXTKELEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Dirigió la audiencia y resolvió don NELSON FERNÁNDEZ GONZÁLEZ Juez Titular del Juz

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SENTENCIA, PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. La Ligua, veinticinco de febrero de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1,11 N° 9, 14, 15, 49, 70 y 288 bis del Código Penal; y

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